Servicios realizan fiscalizaciones para cumplimiento de normas de seguridad de turismo aventura

 

  • Estas acciones se enmarcan en la normativa de clasificación, seguridad y calidad que las empresas de turismo deben brindar a los clientes a lo largo de todo Chile.

 

Con la finalidad de resguardar a la comunidad, la Gobernación de Copiapó encabezó junto al Servicio Nacional de Turismo, el Servicio de Impuestos Internos y Carabineros, la fiscalización realizada a prestadores de servicios de turismo aventura que realizan parapente en el sector del cerro Bramador de la ciudad de Copiapó.

La gobernadora de Copiapó, Ericka Portilla Barros, señaló en este sentido que “con estas acciones se busca dar cumplimiento a las normas de seguridad y de calidad que las empresas del sector turístico deben brindar a quienes adquieren sus servicios, a través del correcto registro del servicio específico que prestan, sumándose al llamado al autocuidado y la autorresponsabilidad de las propias personas al momento de elegir una empresa turística”.

Por su parte, Daniel Díaz Perez, director Regional de Sernatur, enfatizó que «constantemente estamos haciendo el llamado a los turistas a que prefieran servicios formales, registrados en Sernatur y que cumplan con la normativa legal vigente, lo que les permitirá hacer valer sus derechos como consumidores, como recibir un servicio seguro y de calidad, con información sobre características del servicio, los precios y que estos se respeten, que se cumpla lo prometido tanto en la publicidad como en los contratos y en los sitios web, que las empresas respondan por incumplimientos y posibles perjuicios, cosas esenciales para tener un verano seguro».

En el proceso de inspección se revisa el cumplimiento de la documentación requerida por la normativa legal vigente en materias turísticas, además de los requisitos del personal, requisitos para la realización de la actividad, equipamiento, instalaciones y los aspectos específicos indicados para cada actividad según la norma técnica, cuya función en este caso recae en Sernatur. En el caso que la empresa no cumpla con lo requerido en inspección, se otorga un plazo establecido para subsanar los incumplimientos, y en caso de no ocurrir ello, se procede con la denuncia al juzgado de policía local, cuyas multas pueden llegar hasta las 35 UTM según lo que establece la ley de turismo 20.423.

 

Quienes presten Servicios Turísticos deben

 

Cumplir con las Disposiciones Legales vigentes de acuerdo a lo establecido en la ley 20.423 del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo, que establece en el título VII del Sistema de Clasificación, Calidad y Seguridad de los Prestadores de Servicios Turísticos, en lo que se refiere a la obligatoriedad de registro para todos los prestadores de servicios de Alojamiento Turístico y Turismo Aventura.

 

Pasos para el Registro

 

Dirigirse a registro.sernatur.cl , seleccionar el tipo de servicio a registrar, autoclasificarse, ingresar los datos del prestador, subir los documentos requeridos y llenar información del servicio.

Con estos sencillos pasos, el prestador de servicios turísticos pasa a formar parte de la oferta turística formal del país, y será publicado de manera gratuita en el buscador de servicios turísticos del Sernatur, entre otros beneficios, no exponiéndose a multas e infracciones.

Síguenos en facebook

Comparte

Facebook
Twitter
WhatsApp
error: Contenido protegido!!!