{"id":109635,"date":"2022-01-26T06:15:50","date_gmt":"2022-01-26T09:15:50","guid":{"rendered":"https:\/\/tierramarillano.cl\/?p=109635"},"modified":"2022-01-26T06:15:50","modified_gmt":"2022-01-26T09:15:50","slug":"zaliasnik-y-la-polemica-iniciativa-de-la-comision-de-justicia-de-la-convencion-hay-un-inequivoco-proposito-de-acorralar-al-poder-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/2022\/01\/26\/zaliasnik-y-la-polemica-iniciativa-de-la-comision-de-justicia-de-la-convencion-hay-un-inequivoco-proposito-de-acorralar-al-poder-judicial\/","title":{"rendered":"Zaliasnik y la pol\u00e9mica iniciativa de la comisi\u00f3n de Justicia de la Convenci\u00f3n: \u201cHay un inequ\u00edvoco prop\u00f3sito de acorralar al Poder Judicial\u201d"},"content":{"rendered":"<p><strong><span style=\"font-family: -apple-system, BlinkMacSystemFont, 'Segoe UI', Roboto, Oxygen-Sans, Ubuntu, Cantarell, 'Helvetica Neue', sans-serif;\">El abogado Gabriel Zaliasnik aborda la pol\u00e9mica iniciativa aprobada este lunes en la comisi\u00f3n de Sistemas de Justicia de la Convenci\u00f3n, que entre otras medidas propone la creaci\u00f3n de un Consejo Supremo de Justicia. Advierte que dependiendo de \u201cc\u00f3mo se resuelvan estos temas depender\u00e1 finalmente el futuro de la democracia de nuestro pa\u00eds\u201d.<\/span><\/strong><\/p>\n<div class=\"contenido-noticia\">\n<p><strong>La comisi\u00f3n de Sistemas de Justicia aprob\u00f3 este lunes en general la creaci\u00f3n de un Consejo Supremo de Justicia, integrado por 21 miembros, que se encargar\u00e1 del gobierno y la administraci\u00f3n de todo el sistema judicial en el pa\u00eds. \u00bfVe riesgos para la independencia del Poder Judicial en esa iniciativa? <\/strong><\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de enfocarnos en lo inmediato -el mecanismo o modalidad de selecci\u00f3n de nombramiento-, creo primero fundamental reflexionar sobre lo que est\u00e1 en juego en el conjunto de iniciativas que estudia la comisi\u00f3n de Sistemas de Justicia. Aqu\u00ed est\u00e1 el coraz\u00f3n mismo del futuro de un estado social y democr\u00e1tico de derecho. De c\u00f3mo se resuelvan estos temas depender\u00e1 finalmente el futuro de la democracia de nuestro pa\u00eds. En la medida que se cercenan las atribuciones del Poder Judicial, se erosiona su independencia e imparcialidad, el derrotero totalitario es inevitable<\/p>\n<p><strong>\u00bfPor qu\u00e9?<\/strong><\/p>\n<p>Se acaba el sistema de contrapesos que limita cualquier abuso a los derechos de la ciudadan\u00eda. Aqu\u00ed cada detalle importa, entre ellos el lenguaje. Hablar como se acord\u00f3 de \u201cfunci\u00f3n jurisdiccional\u201d en lugar de \u201cPoder Judicial\u201d no es balad\u00ed. Hay en ello un inequ\u00edvoco prop\u00f3sito de \u201crodear\u201d o acorralar al Poder Judicial. Se lo burocratiza, como si se tratara de un mero servicio dependiente del Ministerio de Justica. Esto es a todas luces inaceptable. Es m\u00e1s, a estas alturas parece bastante evidente que a una mayor\u00eda de convencionales constituyentes no les gusta el contrapeso que proviene de los Tribunales. Ello explica estas iniciativas para quitarle poder a la judicatura, eliminar Tribunales, crear sistemas jur\u00eddicos paralelos, etc.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 otro riesgo podr\u00eda implicar que esta propuesta avance en su tramitaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>Concretamente, un Consejo Supremo con las caracter\u00edsticas que se han hecho p\u00fablicas, no solo arriesga la independencia del Poder Judicial (como he dicho ahora reducido a una suerte de servicio del estado), sino que incorpora activismo pol\u00edtico al mismo. Aunque parezca obvio, toda organizaci\u00f3n de la magistratura debe propender a asegurar la independencia de los jueces.<\/p>\n<p><strong>Sus impulsores han se\u00f1alado que la relaci\u00f3n del \u00f3rgano jurisdiccional con los otros \u00f3rganos del Estado sigue exactamente igual y que las principales diferencias est\u00e1n relacionadas con la independencia interna, ya que las relaciones al interior de los \u00f3rganos jurisdiccionales actualmente \u201cest\u00e1n condicionadas por un rol predominante de la Corte Suprema\u201d. \u00bfHasta qu\u00e9 punto ese es un problema real?<\/strong><\/p>\n<p>Bajo el pretexto de asegurar la independencia interna limitando el car\u00e1cter piramidal de la carrera judicial, y cercenando atribuciones disciplinarias de los Tribunales Superiores, camufladamente se busca intervenir el Poder Judicial. En el fondo se trasladan atribuciones a una instancia f\u00e1cilmente manipulable y con amplio espacio para el activismo judicial. Es cosa de ver quienes integrar\u00edan dicho Consejo Supremo, como se seleccionar\u00edan, y las amplias atribuciones que tendr\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n han argumentado que parece correcto desconcentrar facultades, separando lo jurisdiccional de otras facultades de la Corte Suprema<\/strong><\/p>\n<p>Pero la propuesta va mucho m\u00e1s all\u00e1 de eso. Hay aqu\u00ed un pretexto para reformular todo nuestro sistema de justicia, orientando las decisiones a desarticular cualquier posibilidad de contrapeso real. Con la excusa de separar funciones en la pr\u00e1ctica se termina con la necesaria separaci\u00f3n de Poderes. Se entierra a Montesquieu y se intuye una tendencia como la que inspir\u00f3 a tantos reg\u00edmenes totalitarios. Sin ir m\u00e1s lejos, en la Alemania Nazi se reivindicaba tambi\u00e9n para la funci\u00f3n judicial el genuino sentimiento del pueblo alem\u00e1n. No son ese tipo de h\u00e1litos totalitarios los que queramos que prevalezcan en Chile y por ende insisto, este cap\u00edtulo del proyecto de nueva Constituci\u00f3n ser\u00e1 determinante para juzgar el aut\u00e9ntico car\u00e1cter democr\u00e1tico de la misma.<\/p>\n<p><strong>El Consejo propuesto ser\u00eda integrado por una persona designada por el Presidente de la Rep\u00fablica, 2 por el Pleno del Congreso, 6 por jueces titulares del sistema nacional de justicia, 2 por fiscales del Ministerio P\u00fablico, 2 por Defensores Penales p\u00fablicos, 2 por funcionarios del sistema nacional de Justicia, 4 por integrantes de organizaciones de la sociedad civil y dos por integrantes de los pueblos originarios. \u00bfQu\u00e9 le parece esa f\u00f3rmula?<\/strong><\/p>\n<p>Problem\u00e1tica. Creo que hay una confusi\u00f3n completa de roles. La intervenci\u00f3n en un \u00f3rgano colegiado de integrantes con agendas tan diversas solo reafirma el riesgo de politizaci\u00f3n e instrumentalizaci\u00f3n de este Consejo. M\u00e1s a\u00fan por la amplitud de atribuciones que se le confieren y que inciden a su vez rec\u00edprocamente en las carreras funcionarias de distintos entes, el Consejo se puede transformar en una verdadera \u201ccocina judicial\u201d, las transacciones y negociaciones estar\u00e1n a la orden del d\u00eda. Que no se mal entienda. Con esto no quiero decir que el mecanismo de nombramiento y promoci\u00f3n actual no requiera revisi\u00f3n o que no deba, por ejemplo, reforzarse la independencia interna de nuestros jueces, o generar mecanismos de control y accountability (responsabilidad) de los Fiscales del Ministerio P\u00fablico, pero no usemos esa premisa para intervenir y debilitar el Poder Judicial. \u00c9ste es demasiado importante para preservar nuestra democracia.<\/p>\n<p><strong>Entre sus amplias atribuciones estar\u00edan la selecci\u00f3n, nombramiento, destino, traslado, perfeccionamiento, profesionalizaci\u00f3n y promoci\u00f3n de juezas y jueces de todos los Tribunales de Justicia, del Fiscal Nacional y Fiscales Regionales del Ministerio P\u00fablico, del Defensor Penal P\u00fablico Nacional y Defensores Penales P\u00fablicos Regionales, adem\u00e1s de establecer sanciones disciplinarias o removerlos. \u00bfQu\u00e9 implicancias tendr\u00edan esas amplias atribuciones?<\/strong><\/p>\n<p>Como dec\u00eda, creo que se est\u00e1 creando un engendro, un verdadero pulpo que atrape e inmovilice no solo las funciones jurisdiccionales y contrapesos actualmente existentes, sino que tambi\u00e9n capture \u00f3rganos aut\u00f3nomos como el Ministerio P\u00fablico, o la Defensor\u00eda y alinee sus actuaciones a quienes logren articular el poder pol\u00edtico al interior de ese Consejo Supremo. En alguna medida este Consejo Supremo puede llegar a ser al Poder Judicial y Ministerio P\u00fablico el equivalente a lo que es hoy la Convenci\u00f3n Constituyente respecto del Congreso Nacional.<\/p>\n<p><strong>\u00bfConsidera viable su aprobaci\u00f3n? \u00bfC\u00f3mo eval\u00faa la reacci\u00f3n de la clase pol\u00edtica ante esta propuesta?<\/strong><\/p>\n<p>La viabilidad pol\u00edtica la ignoro. Las fuerzas al interior de la Convenci\u00f3n Constitucional son totalmente diferentes a las que prevalecen en el Congreso Nacional y que se expresaron en las \u00faltimas elecciones. Lamentablemente m\u00e1s que la nula reacci\u00f3n de la clase pol\u00edtica ante un esfuerzo destinado manifiestamente a someter la independencia e imparcialidad de nuestros tribunales, me inquieta la nula reacci\u00f3n ciudadana. Es obvio que para la gente lo que ocurra con el Poder Judicial o entes como el Ministerio P\u00fablico les es poco atractivo o derechamente desconocido. Aqu\u00ed hay que abrir los ojos y reaccionar.<\/p>\n<p><strong>\u00bfA su juicio qu\u00e9 est\u00e1 en juego?\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Resulta trascendental levantar un tema que puede ser poco sexy o glamoroso como es la independencia de la justicia, pero en el que realmente se define el car\u00e1cter no s\u00f3lo de la Constituci\u00f3n sino del r\u00e9gimen de gobierno al que estaremos sometidos los ciudadanos de Chile. \u00bfViviremos en una democracia, en que se aseguren nuestras libertades, y en que tendremos un Poder Judicial confiable que pueda resolver nuestras disputas? \u00bfO viviremos bajo un r\u00e9gimen que concentre en sus manos el poder ejecutivo, controle el legislativo, y prive a la ciudadan\u00eda del acceso a Tribunales independientes? Coincido plenamente con la inquietud y palabras del ex Presidente Ricardo Lagos a El Pa\u00eds de Espa\u00f1a, en el sentido que uno debe preocuparse de inmediato cuando se quieren implementar f\u00f3rmulas para elegir una nueva judicatura ya que las bases del sistema democr\u00e1tico peligran.<\/p>\n<p><strong>\u00bfM\u00e1s all\u00e1 de ese proyecto, qu\u00e9 cambios le parece necesario implementar para mejorar el funcionamiento del Poder Judicial chileno?<\/strong><\/p>\n<p>Hay mucho donde avanzar. Creo que tanto la Corte Suprema como la Asociaci\u00f3n Nacional de Magistrados han hecho presente ideas interesantes para mejorar la independencia interna sin afectar la independencia externa del Poder Judicial. Hay iniciativas interesantes, probablemente ajenas a nuestra realidad cultural como es la pr\u00e1ctica de Jurados que personalmente no me gusta, pero reflejan el tipo de debates t\u00e9cnicos que debiera ocupar a la Convenci\u00f3n. Sin embargo para avanzar hay que despolitizar el an\u00e1lisis para no caer en iniciativas que pueden sonar populares, pero que no entienden las reales problem\u00e1ticas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 ajustes considera necesarios?<\/strong><\/p>\n<p>Se puede tambi\u00e9n por ejemplo repensar las atribuciones del Tribunal Constitucional pero no eliminarlo. Esa es una soluci\u00f3n como el chiste del sof\u00e1 de don Otto. El problema no est\u00e1 en el sof\u00e1. Se pueden revisar las reglas constitucionales que hoy limitan la posibilidad de controles judiciales a algunas decisiones unilaterales del Ministerio P\u00fablico. Hay que generar mecanismos para que la autonom\u00eda no sea sin\u00f3nimo de arbitrariedad o prejuzgamiento.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 opina de la declaraci\u00f3n de la Corte Suprema?<\/strong><\/p>\n<p>Me parece valioso que participe activamente del proceso en curso y exprese categ\u00f3ricamente su opini\u00f3n. Cada ministro goza de una extensa trayectoria, conoce las fortalezas y debilidades del sistema judicial. A diferencia de muchos que opinan o incluso toman definiciones en la Convenci\u00f3n, nadie conoce al Poder Judicial mejor que un ministro del Corte Suprema. Prescindir de la opini\u00f3n de ellos con alg\u00fan tipo de excusa, como que son incumbentes, es solo una falacia ret\u00f3rica para imponer una visi\u00f3n ideologizada.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 significado le da a esa declaraci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>Creo que la Corte Suprema entiende que decisiones apresuradas e ideologizadas de la Convenci\u00f3n Constituyente pueden poner en peligro nuestro sistema democr\u00e1tico, y por lo mismo respetando la labor de la Convenci\u00f3n, expres\u00f3 una opini\u00f3n t\u00e9cnica extraordinariamente fundamentada que es irrefutable: La independencia Judicial es indispensable para el Estado de Derecho. Ese titular lo dice todo. Adem\u00e1s, desarrolla largamente el contexto en que la labor judicial se desenvuelve, los valores de la judicatura, la forma en que en diversas instancias internacionales estos son recepcionados, y lo que es especialmente valioso para quien quiera leer la declaraci\u00f3n, recoge la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que los reafirma en casos contra Venezuela, Honduras y Ecuador. Esto no puede pasar inadvertido. Ah\u00ed est\u00e1 la vara contra la cual debemos medir la iniciativa de la Convenci\u00f3n.<\/p>\n<h5>Ex-ante<\/h5>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El abogado Gabriel Zaliasnik aborda la pol\u00e9mica iniciativa aprobada este lunes en la comisi\u00f3n de Sistemas de Justicia de la Convenci\u00f3n, que entre otras medidas propone la creaci\u00f3n de un Consejo Supremo de Justicia. 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