{"id":186460,"date":"2023-10-31T11:09:45","date_gmt":"2023-10-31T14:09:45","guid":{"rendered":"https:\/\/tierramarillano.cl\/?p=186460"},"modified":"2023-10-31T11:09:45","modified_gmt":"2023-10-31T14:09:45","slug":"segundo-tribunal-ambiental-escucho-alegatos-en-7-reclamaciones-que-buscan-anular-la-aprobacion-ambiental-del-proyecto-minero-blanco","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/2023\/10\/31\/segundo-tribunal-ambiental-escucho-alegatos-en-7-reclamaciones-que-buscan-anular-la-aprobacion-ambiental-del-proyecto-minero-blanco\/","title":{"rendered":"Segundo Tribunal Ambiental escuch\u00f3 alegatos en 7 reclamaciones que buscan anular la aprobaci\u00f3n ambiental del proyecto minero Blanco"},"content":{"rendered":"<p><strong>El Segundo Tribunal Ambiental realiz\u00f3 audiencia en siete reclamaciones interpuestas por comunidades ind\u00edgenas y habitantes de la comuna de Copiap\u00f3 de la Regi\u00f3n de Atacama que buscan anular la aprobaci\u00f3n ambiental del Proyecto minero Blanco, localizado en el norte del Salar de Maricunga.<\/strong><\/p>\n<p>El Tribunal estuvo integrado por los ministros Marcela Godoy Flores, presidenta, Cristi\u00e1n Delpiano Lira y Cristi\u00e1n L\u00f3pez Montecinos. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Valentina Horvath Gutierrez, en representaci\u00f3n de la Comunidad Ind\u00edgena Colla de la Comuna de Copiap\u00f3; Jaime Echeverr\u00eda Capdeville, en representaci\u00f3n de s\u00ed mismo; Ronald Sanhueza Castillo, por la Comunidad Ind\u00edgena Colla de Pai Ote; Mauricio Daza Carrasco, por los reclamantes Eduardo Herrera C., Luis Acu\u00f1a C., Manuel Alvarado A. y Jacqueline C\u00e1ceres S.; Camila Contesse Townes, por el SEA; y Juan Jos\u00e9 Eyzaguirre Lira, por Minera Salar Blanco S.A., Tercero Coadyuvante del SEA.<\/p>\n<p>Los reclamantes acudieron al Tribunal una vez que la Direcci\u00f3n Ejecutiva del Servicio de Evaluaci\u00f3n Ambiental y el Comit\u00e9 de Ministros rechazaran las reclamaciones administrativas que hab\u00edan interpuesto en contra de la Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA) favorable del proyecto de explotaci\u00f3n de litio de Minera Salar Blanco S.A.<\/p>\n<p>En t\u00e9rminos generales los reclamantes sostienen que no se descartaron los impactos que tendr\u00eda el proyecto sobre el recurso h\u00eddrico, debido a que la informaci\u00f3n aportada durante la evaluaci\u00f3n ambiental fue deficiente, inconsistente y contradictoria. En este sentido, se cuestiona la existencia y extensi\u00f3n de la unidad hidrogeol\u00f3gica n\u00facleo arcilloso presente en el Salar de Maricunga. Adem\u00e1s, se\u00f1alan que no se habr\u00edan evaluado los efectos sin\u00e9rgicos en el balance h\u00eddrico que producir\u00eda el proyecto junto con los proyectos \u201cProducci\u00f3n de Sales Maricunga\u201d \u201cLa Coipa Fase 7\u201d y \u201cCerro Casales\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, afirman que no se habr\u00edan descartado los efectos, caracter\u00edsticas o circunstancias del articulo 11 letra d) de la Ley N\u00b0 19.300, respecto del Parque Nacional Nevado Tres Cruces, el Sitio Ramsar Complejo Lacustre Laguna Negro Francisco y Laguna Santa Rosa. Adem\u00e1s, dicen, existir\u00eda un impacto significativo sobre el componente flora y fauna, pues la iniciativa minera producir\u00eda una afectaci\u00f3n a los Sistemas Vegetacionales Azonales H\u00eddricos Terrestres (SVAHT), a ecosistemas acu\u00e1ticos del Salar (microorganismos), a los h\u00e1bitat y ambientes singulares de la fauna, a causa de cambios en el nivel est\u00e1tico de las aguas subterr\u00e1neas.<\/p>\n<p>Las comunidades ind\u00edgenas, en tanto, acusan que se habr\u00eda restringido el alcance del Proceso de Consulta de Pueblos Ind\u00edgenas realizado durante la evaluaci\u00f3n ambiental de la iniciativa, pues indican que s\u00f3lo se habr\u00eda considerado la afectaci\u00f3n provocada como consecuencia del aumento del flujo vehicular en la ruta C-13, espec\u00edficamente en sectores de El Jard\u00edn y Cachiyuyo en la comuna de Diego de Almagro, aspecto que implic\u00f3 que s\u00f3lo participara la Comunidad Ind\u00edgena Colla de Diego de Almagro.<\/p>\n<p>En tanto, el Servicio de Evaluaci\u00f3n de Impacto Ambiental (SEA) solicita al Tribunal rechazar todas las reclamaciones.<\/p>\n<p>Explica que durante la evaluaci\u00f3n ambiental del proyecto Blanco se descart\u00f3 adecuadamente la existencia de un impacto significativo sobre el recurso h\u00eddrico, \u201caport\u00e1ndose fundamentos hidrogeol\u00f3gicos suficientes y adecuados que dan cuenta de la existencia y extensi\u00f3n del\u00a0 n\u00facleo arcilloso, as\u00ed como de su baja conductividad hidr\u00e1ulica y de su comportamiento como acuitardo, todo lo cual permiti\u00f3 concluir a este Servicio que dicha unidad separar\u00eda hidr\u00e1ulicamente \u2013sin desconectar por completo\u2013 las unidades inferiores de las superiores.<\/p>\n<p>\u201cDe esta manera, el efecto de las extracciones de salmuera a realizarse desde las unidades m\u00e1s profundas como consecuencia de la ejecuci\u00f3n del proyecto ser\u00e1 amortiguado por la presencia del n\u00facleo arcilloso, circunstancia que permite descartar la generaci\u00f3n de impactos ambientales significativos sobre las unidades superiores del Salar\u201d, detalla.<\/p>\n<p>El SEA afirma que tambi\u00e9n evalu\u00f3 adecuadamente los impactos sobre flora, fauna y biodiversidad, acorde a lo establecido en la normativa ambiental aplicable y que descart\u00f3 debidamente la existencia de un impacto significativo sobre los objetos de protecci\u00f3n del Parque Nacional Nevado Tres Cruces y el Sitio RAMSAR Complejo Lacustre Laguna Negro Francisco y Laguna Santa Rosa. \u201cAl respecto, es menester considerar que no existen partes u obras del Proyecto a emplazarse en estas \u00e1reas protegidas, encontr\u00e1ndose a una distancia aproximada de 6 kil\u00f3metros de las mismas\u201d, agrega.<\/p>\n<p>Respecto de la no incorporaci\u00f3n de la Comunidad Ind\u00edgena Colla de la comuna de Copiap\u00f3 en el proceso de consulta, el SEA sostiene que este se llev\u00f3 a cabo en concordancia con el est\u00e1ndar establecido por el marco normativo ambiental aplicable, especialmente por el Convenio 169 de la OIT. En ese sentido no tuvo como parte a esta comunidad ind\u00edgena -dice- toda vez que esta no cumpl\u00eda con los requisitos para ser parte de ella, esto es, encontrarse dentro del \u00e1rea de influencia del Proyecto y ser susceptible de ser afectada directamente.<\/p>\n<p>Finalmente, indica que la no inclusi\u00f3n de la Comunidad Ind\u00edgena Colla Pai Ote en el proceso de consulta tambi\u00e9n estuvo de acuerdo con la normativa ambiental aplicable, toda vez que acorde a la informaci\u00f3n aportada durante la evaluaci\u00f3n ambiental del proyecto, y en particular la caracterizaci\u00f3n y levantamiento de sitios de relevancia, le permiti\u00f3 descartar la concurrencia de la susceptibilidad de afectaci\u00f3n directa, exigida por el art\u00edculo 85 del RSEIA para realizar un proceso de consulta ind\u00edgena.<\/p>\n<p>El proyecto tiene por objeto la producci\u00f3n de carbonato de litioy cloruro de potasio\u00a0 para su comercializaci\u00f3n. Se localizar\u00e1 en la Cordillera de los Andes de la Regi\u00f3n de Atacama, espec\u00edficamente en el sector septentrional de la cuenca del Salar Maricunga, aproximadamente a 3.760 m.s.n.m., contemplando la ejecuci\u00f3n de obras y acciones en las regiones de Atacama y Antofagasta. Sus obras principales se situar\u00e1n en la comuna Copiap\u00f3 y, en una superficie menor, en la comuna de Diego de Almagro, provincia de Cha\u00f1aral.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes<\/strong><\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 4 de septiembre de 2018<\/strong>, Minera Salar Blanco S.A. ingres\u00f3 al Sistema de Evaluaci\u00f3n de Impacto Ambiental (SEIA) el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto \u201cProyecto Blanco\u201d.<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 27 de enero de 2020<\/strong>, se dio t\u00e9rmino al proceso de consulta a pueblos ind\u00edgenas -iniciado en enero de 2019-, en el cual particip\u00f3 la Comunidad Ind\u00edgena Colla de Diego de Almagro.<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 4 de febrero de 2020<\/strong>, la Direcci\u00f3n Ejecutiva del SEA calific\u00f3 favorablemente el Proyecto Blanco (RCA N\u00b094\/2020).<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En contra de la RCA<\/strong> se present\u00f3 una solicitud de invalidaci\u00f3n por la Comunidad Ind\u00edgena Colla De la comuna de Copiap\u00f3 y otras 8 personas naturales.<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 4 de febrero de 2022<\/strong>, la Direcci\u00f3n Ejecutiva del SEA rechaz\u00f3 la solicitud de invalidaci\u00f3n presentada (Res. Ex. N\u00b0 202299101101\/2022\u201d).<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En contra de dicha RCA<\/strong>, se presentaron 9 recursos de reclamaci\u00f3n administrativos: Minera Salar Blanco S.A.; Eduardo Herrera Caballero (10-3-2020); Luis Acu\u00f1a Castillo (17-3-2020); Alejandro Alvarado Alvarado (17-3-2020); Jacqueline C\u00e1ceres Salas (17-3-2020), la Comunidad Ind\u00edgena Colla Pai Ote (17-3-2020); Wilfredo Briones Godoy, Enrique Pizarro Castillo, Wladimir Mu\u00f1oz Lagos, Marcos Parada Escobar y Hern\u00e1n Barraza Guerra, (14-4-2020); Jaime Echeverr\u00eda Capdeville (22-4-2020); y Rosa Ahumada Campusano (28-4-2020).<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 4 de enero de 2023<\/strong>, el Comit\u00e9 de Ministros acogi\u00f3 parcialmente la reclamaci\u00f3n de la empresa minera (modificando la RCA al incorporar como compromiso voluntario la realizaci\u00f3n de nuevas perforaciones de 4 pozos adicionales) y rechaz\u00f3 las reclamaciones administrativas (\u201cRes. Ex. N\u00b02023991012\/2023).<\/p>\n<p><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En contra de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 de Ministros se presentaron en el Tribunal Ambiental 7 reclamaciones:<\/strong><\/p>\n<p>1)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 18 de marzo de 2022, Comunidad Ind\u00edgena Colla de la comuna de Copiap\u00f3 y ocho vecinos de Copiap\u00f3. R-333-2022.<\/p>\n<p>2)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 3 de febrero de 2023, Luis Acu\u00f1a Castillo. R-386-2023.<\/p>\n<p>3)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 3 de febrero de 2023, Jaqueline C\u00e1ceres Salas. R-387-2023.<\/p>\n<p>4)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 7 de febrero de 2023, Eduardo Herrera Caballero. R-389-2023.<\/p>\n<p>5)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 9 de febrero de 2023, Manuel Alvarado Alvarado. R-390-2023.<\/p>\n<p>6)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 15 de febrero de 2023, Jaime Echeverr\u00eda Capdeville. R-391-2023.<\/p>\n<p>7)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 15 de febrero de 2023, Comunidad Ind\u00edgena Colla de Pai Ote. R-394-2023.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 9 de mayo de 2022, el Tribunal tuvo a Minera Salar Blanco S.A. como tercero coadyuvante del SEA.<\/p>\n<p><strong>Ir al expediente de la causa <a href=\"https:\/\/2ta.lexsoft.cl\/2ta\/search?proc=3&amp;idCausa=400230\">R-333-2022<\/a>, acumula R-386-2023, R-387-2023, R-389-2023, R-390-2023, R-391-2023 y R-394-2023<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Segundo Tribunal Ambiental realiz\u00f3 audiencia en siete reclamaciones interpuestas por comunidades ind\u00edgenas y habitantes de la comuna de Copiap\u00f3 de la Regi\u00f3n de Atacama que buscan anular la aprobaci\u00f3n ambiental del Proyecto minero Blanco, localizado en el norte del Salar de Maricunga. El Tribunal estuvo integrado por los ministros Marcela Godoy Flores, presidenta, Cristi\u00e1n &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":186461,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26,6],"tags":[],"class_list":["post-186460","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunicado","category-regionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/186460","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=186460"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/186460\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/media\/186461"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=186460"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=186460"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=186460"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}