{"id":201730,"date":"2024-03-28T08:20:05","date_gmt":"2024-03-28T11:20:05","guid":{"rendered":"https:\/\/tierramarillano.cl\/?p=201730"},"modified":"2024-03-28T08:20:05","modified_gmt":"2024-03-28T11:20:05","slug":"la-ocde-las-aguas-y-chile-graves-interrogantes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/2024\/03\/28\/la-ocde-las-aguas-y-chile-graves-interrogantes\/","title":{"rendered":"La OCDE, las aguas y Chile: graves interrogantes"},"content":{"rendered":"<p><strong>Por: Santiago Acevedo<br \/>\nSocio en Acevedo Santini Abogados<\/strong><\/p>\n<p>Recientemente, la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE) evacu\u00f3 un informe denominado <em>Evaluaciones de Desempe\u00f1o Ambiental: Chile 2024<\/em>. Un extracto de las mismas se contienen en un documento denominado <a href=\"https:\/\/www.oecd.org\/environment\/oecd-environmental-performance-reviews-chile-2024-5bc65d36-en.htm\"><em>Aspectos Destacados<\/em><\/a>. Se trata de la tercera evaluaci\u00f3n ambiental de este organismo, precedida por las de los a\u00f1os 2005 y 2016. La revisi\u00f3n de esta evaluaci\u00f3n de 2024 en materia de recursos h\u00eddricos nos permite plantear graves interrogantes.<\/p>\n<p>Pero antes de las interrogantes, corresponde compilar tres de las recomendaciones de la OCDE en referidas a la gesti\u00f3n y asignaci\u00f3n de recursos h\u00eddricos contenidas en este informe:<\/p>\n<p><strong><u>Primera Recomendaci\u00f3n<\/u>:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Establecer una autoridad p\u00fablica central para regular, planificar, desarrollar, conservar y proteger los recursos h\u00eddricos; reforzar la coordinaci\u00f3n de la gesti\u00f3n del agua a todos los niveles.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><u>Segunda Recomendaci\u00f3n<\/u>:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Dar prioridad a la aprobaci\u00f3n del proyecto de ley para la formalizaci\u00f3n de la gobernanza a escala de cuenca con el fin de establecer autoridades de cuenca fluvial con funciones claras de planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n, aprovechando las lecciones de los proyectos piloto.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><u>Tercera Recomendaci\u00f3n<\/u>:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Llevar a cabo una reforma integral de la asignaci\u00f3n de agua con el fin de atajar la sobreexplotaci\u00f3n y la asignaci\u00f3n excesiva de recursos; estudiar la posibilidad de definir los derechos de agua como parte de los recursos disponibles.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La <em>Primera Recomendaci\u00f3n <\/em>recopilada es incomprensible a la luz de la legislaci\u00f3n vigente. En efecto, el Art. 299 del C\u00f3digo de Aguas, que regula las atribuciones de la Direcci\u00f3n General de Aguas (DGA), se\u00f1ala expresamente que esta autoridad tiene las funciones de planificar el desarrollo del recurso, investigarlo, medirlo y monitorear tanto su calidad como cantidad, as\u00ed como conservar y proteger las aguas.<\/p>\n<p>Cualquier acad\u00e9mico extranjero que quiera efectuar un an\u00e1lisis comparado de legislaciones y se f\u00ede de este reporte, situar\u00e1 a Chile entre los pa\u00edses menos civilizados del planeta. Uno que ni siquiera se ha dignado establecer una autoridad p\u00fablica central al efecto.<\/p>\n<p>Esta constataci\u00f3n es grave y tiene un inevitable impacto en todo el documento. Equivale a que el Banco Interamericano de Desarrollo elaborara un reporte en el que recomiende a Chile \u201cestablecer un organismo aut\u00f3nomo y t\u00e9cnico que tenga por objetivo velar por la estabilidad de la moneda, esto es, mantener la tasa de inflaci\u00f3n baja y estable en el tiempo\u201d. La unanimidad de los economistas restar\u00eda toda autoridad a tal reporte ante la evidencia de que Chile ya cuenta con dicho organismo y que se llama Banco Central.<\/p>\n<p>La <em>Segunda Recomendaci\u00f3n<\/em> plantea tambi\u00e9n importantes dudas: \u00bfa qu\u00e9 proyecto de ley se refiere? \u00bfSe trata de alguno en actual tramitaci\u00f3n o de uno nuevo que se planee ingresar? \u00bfExamin\u00f3 el contenido de ese mentado proyecto de ley o la sola existencia de un proyecto que contemple tales instituciones es deseable y debe propiciarse su pronta implementaci\u00f3n?<\/p>\n<p>En otro orden de ideas, esta <em>Segunda Recomendaci\u00f3n <\/em>propone extraer lecciones de los consejos de cuenca pilotos. \u00bfHabr\u00e1n incorporado dentro de las lecciones el hecho de que no exista ninguno operativo? \u00bfDe los 16 consejos de cuenca piloto, cu\u00e1ntos lograron siquiera conformarse? \u00bfSe internaliz\u00f3 por la OCDE que miles y miles de regantes se opusieron formalmente a su implementaci\u00f3n por contener serias dudas de ilegalidad que el Contralor saliente desestim\u00f3?<\/p>\n<p>\u00bfEs que no existen acaso organizaciones de usuarios de agua mandatadas por ley para administrar y distribuir las aguas a nivel de cuenca entre sus usuarios? \u00bfD\u00f3nde consta el an\u00e1lisis serio de la contribuci\u00f3n de tales entidades (juntas de vigilancia) a la gesti\u00f3n de las aguas en el pa\u00eds? \u00bfSe estudi\u00f3 c\u00f3mo potenciarlas para cumplir cada vez mejor su cometido? \u00bfSe ha valorizado el costo que para el erario nacional implicar\u00eda en caso de que fuera el Estado quien asuma lo que hoy efect\u00faan los privados organizados? La omisi\u00f3n de la existencia de estas entidades es tan grave como omitir la existencia de Bomberos de Chile en el combate a los incendios urbanos. E inexcusable.<\/p>\n<p>La <em>Tercera Recomendaci\u00f3n <\/em>tiene un problema severo de traducci\u00f3n. No sabemos si el documento fue escrito en castellano y traducido al ingl\u00e9s o viceversa. El punto es que la comprensi\u00f3n natural y obvia de la frase <em>\u201cestudiar la posibilidad de definir los derechos de agua como parte de los recursos disponibles\u201d<\/em> nos lleva a entender que se podr\u00edan otorgar derechos de aprovechamiento de aguas no respecto de recursos disponibles (cantidades no asignadas a\u00fan) sino m\u00e1s bien en base a recursos asignados. La recomendaci\u00f3n es disruptiva del sistema chileno. Pero no extra\u00f1a si la misma va precedida de la frase <em>\u201cllevar a cabo una reforma integral de la asignaci\u00f3n de agua\u201d<\/em>. No puede culparse al lector de entender as\u00ed la recomendaci\u00f3n de un organismo que promueve una reforma integral. Porque una reforma integral se requiere cuando un sistema tiene un problema medular, que no se soluciona con cambios marginales.<\/p>\n<p>Sin embargo, cuando se lee la misma recomendaci\u00f3n en ingl\u00e9s: <em>\u201cconsider defining water rights as a share of available resources\u201d<\/em>, el sentido que adquiere es otro muy distinto. Mucho m\u00e1s razonable. Consiste en que en vez de otorgar un derecho de aprovechamiento en caudal (volumen por unidad de tiempo) se otorgue como un porcentaje del cauce. En otros t\u00e9rminos, que en vez de conceder a un agricultor 1 litro por segundo del R\u00edo Negro, se le conceda un 1% del caudal pasante del R\u00edo Negro. Es notorio c\u00f3mo una (mala) traducci\u00f3n puede generar tal disimilitud de mensajes al lector.<\/p>\n<p>Como indic\u00e1bamos, la recomendaci\u00f3n en su versi\u00f3n en ingl\u00e9s es m\u00e1s razonable. Lo que, en todo caso, la OCDE no logr\u00f3 comprender es que el efecto que se busca tras esa recomendaci\u00f3n se consigue cada vez que se conforma una organizaci\u00f3n de usuarios en el pa\u00eds, donde el caudal original pasa a contabilizarse en \u201cacciones\u201d, es decir en partes. Y as\u00ed, de existir una junta de vigilancia en nuestro mencionado R\u00edo Negro, nuestro agricultor no podr\u00e1 extraer su litro por segundo a menos que exista caudal suficiente para abastecer la totalidad de los derechos permanentes en el r\u00edo. De lo contrario, le espera una distribuci\u00f3n a prorrata, que equivale precisamente a la recomendaci\u00f3n de la OCDE en su versi\u00f3n en ingl\u00e9s. De haberlo ponderado adecuadamente, la recomendaci\u00f3n de la OCDE habr\u00eda sido m\u00e1s bien que apoyemos la conformaci\u00f3n de juntas de vigilancia en toda cuenca que no la tenga, para conseguir el efecto deseado.<\/p>\n<p>La <em>Tercera Recomendaci\u00f3n<\/em> de reformar integralmente nuestro sistema de asignaci\u00f3n de aguas nos lleva a preguntar a la OCDE si dicha instituci\u00f3n aquilat\u00f3 el nivel de desarrollo que ha tenido el pa\u00eds con este sistema, el agua potable que se puede repartir a la totalidad de la poblaci\u00f3n urbana de Chile, la cantidad de energ\u00eda limpia que se puede con ella producir, las cientos de miles de hect\u00e1reas irrigables que nos han transformado en una potencia alimentaria. Todo este desarrollo, se ha producido \u00bf<em>a pesar<\/em> de este sistema tan perverso que amerita una reforma integral? \u00bfNo se plante\u00f3 la OCDE la hip\u00f3tesis de que este desarrollo ha tenido lugar <em>a causa de<\/em> o <em>porque<\/em> existe este modelo que genera estabilidad y certidumbre? Al parecer no. Porque lo que se propone es una reforma integral, completa.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 la OCDE tiene una visi\u00f3n tan negativa del sistema existente? Quiz\u00e1 la explicaci\u00f3n m\u00e1s plausible es que los elaboradores del reporte no interactuaron con las personas reales que viven del agua y la administran en pro del pa\u00eds. En el mencionado reporte no hay ning\u00fan trazo de haber contactado y requerido la opini\u00f3n a las juntas de vigilancia, que son el coraz\u00f3n de la gesti\u00f3n del agua en Chile. Lo anterior es grave cuando se lee en el sitio Web oficial que la OCDE precisamente trabaja <em>\u201cen colaboraci\u00f3n con gobiernos, responsables de pol\u00edticas p\u00fablicas y <u>ciudadanos<\/u> (&#8230;) para establecer est\u00e1ndares internacionales y proponer soluciones basadas en datos emp\u00edricos a diversos retos sociales, econ\u00f3micos y medioambientales\u201d.<\/em><\/p>\n<p>Como toda obra del hombre, nuestro modelo ciertamente es perfectible. Pero su perfeccionamiento o depuramiento no nos puede llevar a desconocer sus virtudes y el bienestar que ha generado. Y el modelo chileno, que combina el reconocimiento del agua como bien nacional con el establecimiento de derecho de propiedad sobre su acceso en atenci\u00f3n a su disponibilidad y es administrado por los propios usuarios, lejos de avergonzarnos, debe enorgullecernos, porque el desarrollo de Chile bajo el mismo es indesmentible.<\/p>\n<p>Las tres recomendaciones apuntadas, contenidas en este informe de la OCDE, adolecen de un adecuado conocimiento de la legislaci\u00f3n existente, traducen equ\u00edvocamente sus mensajes y desconocen el patente bienestar que bajo el actual modelo Chile ha producido. Esperamos que la OCDE enmiende prontamente tales recomendaciones que generan tan graves interrogantes.    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Santiago Acevedo Socio en Acevedo Santini Abogados Recientemente, la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE) evacu\u00f3 un informe denominado Evaluaciones de Desempe\u00f1o Ambiental: Chile 2024. Un extracto de las mismas se contienen en un documento denominado Aspectos Destacados. 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