{"id":206900,"date":"2024-05-06T22:48:32","date_gmt":"2024-05-07T02:48:32","guid":{"rendered":"https:\/\/tierramarillano.cl\/?p=206900"},"modified":"2024-05-06T22:48:32","modified_gmt":"2024-05-07T02:48:32","slug":"ley-pro-consumidor-y-los-derechos-financieros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/2024\/05\/06\/ley-pro-consumidor-y-los-derechos-financieros\/","title":{"rendered":"Ley Pro-consumidor y los derechos financieros"},"content":{"rendered":"<p><strong>Jos\u00e9 Navarrete Oyarce<\/strong><\/p>\n<p><strong>Director Mag\u00edster en Tributaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Universidad Andr\u00e9s Bello<\/strong><\/p>\n<p>Recientemente entr\u00f3 en vigor en nuestro pa\u00eds el art\u00edculo 17N de la Ley 21.398, o Ley \u201cPro-Consumidor\u201d la que establece una serie de nuevos derechos para los consumidores en distintos \u00e1mbitos, elevando as\u00ed, el est\u00e1ndar en materia de protecci\u00f3n para este grupo.<\/p>\n<p>A pesar de que esta ley data del a\u00f1o 2021, su aplicaci\u00f3n total se ha realizado por etapas estableciendo nuevos derechos en diversas materias e industrias, tales como garant\u00edas, comercio electr\u00f3nico, educaci\u00f3n superior, automotoras, entre otras. El art\u00edculo en cuesti\u00f3n, 17N se refiere espec\u00edficamente al mercado financiero y establece una nueva forma de relaci\u00f3n entre las instituciones financieras y sus clientes.<\/p>\n<p>Entre muchas iniciativas, destacan que un cliente puede solicitar el bloqueo permanente de tarjetas de cr\u00e9dito sin que los bancos puedan cobrar mantenciones por ello, entrega de certificados de deuda en forma expedita, facilitando con ello el proceso de renegociaci\u00f3n, as\u00ed como la prohibici\u00f3n de supeditar un descuento a una forma de pago especifica, a no ser que sea de pago inmediato, entre otras.<\/p>\n<p>Sin embargo, desde mi punto de vista, uno de los cambios m\u00e1s importantes tiene que ver con la obligaci\u00f3n de los bancos de analizar la solvencia econ\u00f3mica del consumidor, ante cualquier operaci\u00f3n de cr\u00e9dito e informar los resultados de este an\u00e1lisis. Dentro de esa l\u00ednea, el reglamento publicado en el Diario Oficial en agosto del a\u00f1o pasado, indica que todas las instituciones financieras deber\u00e1n realizar un an\u00e1lisis detallado de la solvencia econ\u00f3mica de los consumidores usando datos precisos y actualizados, obtenidos de fuentes oficiales.<\/p>\n<p>Si bien este an\u00e1lisis se hace actualmente y es parte fundamental del negocio bancario, no siempre los resultados se transparentan hacia el cliente. Vale decir, un banco podr\u00eda negar un cr\u00e9dito o aplicar una sobre tasa por riesgo, sin que el cliente tenga los argumentos sobre los cuales se tom\u00f3 la decisi\u00f3n. Esto supone mayor poder para los consumidos, los que podr\u00edan, con esa informaci\u00f3n, tomas las medidas respectivas para mejorar o solucionar el origen del rechazo.<\/p>\n<p>Otro tema novedoso, es que el an\u00e1lisis al que se refiere la ley no solo implica evaluar los ingresos pasados del cliente, sino que incorporar los ingresos futuros predecibles, as\u00ed como su nivel de deuda y su comportamiento de morosidad.<\/p>\n<p>Se ha dicho y escrito mucho sobre la necesidad de incorporar la educaci\u00f3n financiera en el d\u00eda a d\u00eda de las personas. Los altos niveles de endeudamiento y morosidad que han mostrado estudios recientes validan esa necesidad. Sin embargo, para que esto se concrete, es necesario que el sistema sea m\u00e1s transparente y, seg\u00fan mi entender, este nuevo marco normativo va en la direcci\u00f3n correcta.    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jos\u00e9 Navarrete Oyarce Director Mag\u00edster en Tributaci\u00f3n Universidad Andr\u00e9s Bello Recientemente entr\u00f3 en vigor en nuestro pa\u00eds el art\u00edculo 17N de la Ley 21.398, o Ley \u201cPro-Consumidor\u201d la que establece una serie de nuevos derechos para los consumidores en distintos \u00e1mbitos, elevando as\u00ed, el est\u00e1ndar en materia de protecci\u00f3n para este grupo. 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