{"id":229813,"date":"2024-11-08T10:28:09","date_gmt":"2024-11-08T13:28:09","guid":{"rendered":"https:\/\/tierramarillano.cl\/?p=229813"},"modified":"2024-11-08T10:28:09","modified_gmt":"2024-11-08T13:28:09","slug":"seremi-del-trabajo-y-seremi-de-la-mujer-activan-la-alerta-vacaciones-y-llaman-a-empleadores-a-respetar-la-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/2024\/11\/08\/seremi-del-trabajo-y-seremi-de-la-mujer-activan-la-alerta-vacaciones-y-llaman-a-empleadores-a-respetar-la-ley\/","title":{"rendered":"Seremi del Trabajo y Seremi de la Mujer activan la &#8220;Alerta Vacaciones&#8221; y llaman a empleadores a respetar la Ley"},"content":{"rendered":"<p><b>La solicitud se debe generar 30 d\u00edas antes, los beneficiarios son personas trabajadoras que tenga cuidado personal de un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de 14 a\u00f1os o que sean cuidadoras de una persona con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia severa o moderada menor de 18 a\u00f1os.<\/b><\/p>\n<p>El verano 2024-2025 ser\u00e1 marcado como el primero en que se aplicar\u00e1n las vacaciones preferentes para madres, padres y personas cuidadoras seg\u00fan establece la Ley de Conciliaci\u00f3n de la Vida Personal, Familiar y Laboral, con el objetivo de permitir adaptar el tiempo, las vacaciones y modalidades de trabajo con las responsabilidades de cuidado. Es por ello, que la seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, Jonathan P\u00e1ez, junto con la Seremi de la Mujer y Equidad de G\u00e9nero Fabiola Gallardo, realizaron una jornada de difusi\u00f3n y activaron la \u201calerta de vacaciones\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLa Ley lo que contempla es que la persona que sea padre, madre o tutor de ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescente hasta los 14 a\u00f1os pueden solicitar las vacaciones preferentes, con una solicitud directa al empleador, con 30 d\u00edas de anticipaci\u00f3n y acreditando lo que con un certificado de nacionalmente o antecedente judicial que pueda establecer los cuidados o a trav\u00e9s de un certificado de una persona con discapacidad severa o moderada el que se entrega a trav\u00e9s de la MIDESO\u201d, detall\u00f3 el seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, Jonathan P\u00e1ez Toro.<\/p>\n<p>Mientras que la Seremi de la Mujer y Equidad de G\u00e9nero Fabiola Gallardo destac\u00f3 que \u201cla Ley de Conciliaci\u00f3n de Vida Personal, Familiar y Laboral es muy relevante especial para las mujeres, ya que son en su mayor parte quienes cuidan. Por ello, hacemos el llamado a las personas y cuidadoras de poder realizar esta solicitud, especialmente ahora que vienen las vacaciones, los feriados legales y tienen prioridad quienes cuidad a menores de 18 a\u00f1os\u201d.<\/p>\n<p>Finalmente, el Seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social especific\u00f3 la importancia del apoyo de los empleadores y empleadoras \u00a0\u201cesta Ley establece que deben ser facilitadores, \u00a0por ello tiene que entregar todas las facilidades, y se llega a un consenso entre lo que la persona solicita y lo que pueda entregar la empresa en determinado momento\u201d.<\/p>\n<p><b>Detalles<\/b><\/p>\n<p>El derecho preferente en el uso del feriado legal en periodo de vacaciones definidas por el Ministerio de Educaci\u00f3n, por sobre otras personas trabajadoras que no est\u00e1n en esa situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los Beneficiarios son personas trabajadoras que tenga cuidado personal de un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de 14 a\u00f1os o que sean cuidadoras de una persona con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia severa o moderada menor de 18 a\u00f1os, y que no reciba remuneraci\u00f3n por esta actividad.<\/p>\n<p>La solicitud es al menos, 30 d\u00edas de anticipaci\u00f3n, acompa\u00f1ando documento que acredite ser parte del grupo beneficiario. Estos documentos seg\u00fan lo que establece la ley, pueden ser: Certificado de nacimiento que acredite filiaci\u00f3n de ni\u00f1o o ni\u00f1a. Resoluci\u00f3n judicial de un tribunal que otorga cuidado personal de ni\u00f1o o ni\u00f1a. Certificado de inscripci\u00f3n en el Registro Nacional de la Discapacidad. Documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que d\u00e9 cuenta de la calidad de cuidador o cuidadora.<\/p>\n<p>Mientras que la modificaci\u00f3n transitoria de turnos o distribuci\u00f3n de la jornada diaria o semanal en periodo de vacaciones definido por el Ministerio de Educaci\u00f3n, los beneficiarios son personas trabajadora que tenga cuidado personal de un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de catorce a\u00f1os o que sean cuidadoras de una persona con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia severa o moderada menor de 18 a\u00f1os y que no reciba remuneraci\u00f3n por dicha actividad.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n puedes visitar <a href=\"https:\/\/www.subtrab.gob.cl\/conciliacion\/\">https:\/\/www.subtrab.gob.cl\/conciliacion\/<\/a>. En caso de no respetar esta normativa la Direcci\u00f3n del Trabajo puede imponer multas administrativas, las cuales van a variar de acuerdo con la gravedad de la infracci\u00f3n y tama\u00f1o de la empresa (Microempresas 1 a 5 unidades tributarias mensuales; peque\u00f1as empresas 1 a 10 unidades tributarias mensuales; medianas empresas 2 a 40 unidades tributarias mensuales; y Grandes empresas 3 a 60 unidades tributarias mensuales).    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La solicitud se debe generar 30 d\u00edas antes, los beneficiarios son personas trabajadoras que tenga cuidado personal de un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de 14 a\u00f1os o que sean cuidadoras de una persona con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia severa o moderada menor de 18 a\u00f1os. 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