{"id":239734,"date":"2025-01-29T10:31:42","date_gmt":"2025-01-29T13:31:42","guid":{"rendered":"https:\/\/tierramarillano.cl\/?p=239734"},"modified":"2025-01-29T10:31:42","modified_gmt":"2025-01-29T13:31:42","slug":"dga-atacama-aumento-la-recaudacion-de-pago-de-patentes-por-no-usar-las-aguas-en-mas-de-274-millones-de-pesos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tierramarillano.cl\/newweb\/2025\/01\/29\/dga-atacama-aumento-la-recaudacion-de-pago-de-patentes-por-no-usar-las-aguas-en-mas-de-274-millones-de-pesos\/","title":{"rendered":"DGA Atacama aument\u00f3 la recaudaci\u00f3n de pago de patentes por no usar las aguas en m\u00e1s de 274 millones de pesos"},"content":{"rendered":"<p><strong>El proceso comenz\u00f3 oficialmente este lunes 15 de enero con la publicaci\u00f3n en el Diario Oficial del listado de titulares de derechos de aprovechamiento de aguas que deben realizar el pago en la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica.<\/strong><\/p>\n<p>Este lunes 15 de enero se public\u00f3 en el Diario Oficial y en diversos medios impresos, electr\u00f3nicos y radios del pa\u00eds la resoluci\u00f3n que fija el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no contar con las obras de aprovechamiento para el uso de las aguas.<\/p>\n<p>Se trata de una serie de derechos de aprovechamiento de aguas, tanto consuntivos (agua que se usa y no se devuelve al cauce o acu\u00edfero) como no consuntivos (agua que se usa y luego retorna al cauce o al acu\u00edfero), que en forma conjunta deber\u00e1n cancelar aproximadamente 4 mil 228 millones de pesos.<\/p>\n<p>\u201cM\u00e1s all\u00e1 de la recaudaci\u00f3n monetaria, no debe olvidarse que el objetivo de la patente por no uso, \u00a0es que las personas hagan un esfuerzo efectivo en el uso de sus derechos de aprovechamiento de aguas, o bien, que renuncien a ese derecho que no utilizan o que Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica remate dicho t\u00edtulo, a fin de que retorne al Estado para eventualmente disponer de \u00e9l y otorgarlo con prioridad para consumo humano, o bien, establecer una reserva sobre dichas aguas\u201d explic\u00f3 <strong>Mauricio Guaita Juantok, SEREMI de Obras P\u00fablicas de la Regi\u00f3n de Atacama<\/strong>.<\/p>\n<p>Por su parte, el <strong>Director Regional DGA Rodrigo S\u00e1ez<\/strong> indic\u00f3 que \u201cla patente por no uso se determina en base a la inexistencia de obras asociadas al uso del agua o a aquellas obras que no tienen la capacidad para extraer la totalidad del caudal otorgado en el derecho de aprovechamiento de aguas, aplic\u00e1ndose a aquellos derechos de aprovechamiento de aguas cuyos titulares no han construido estas obras necesarias para la captaci\u00f3n y conducci\u00f3n de las mismas. Es decir, que no utilizan o utilizan parcialmente los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados\u201d.<\/p>\n<p>S\u00e1ez tambi\u00e9n invit\u00f3 a que \u201cun gesto interesante por parte de los grandes usuarios que no puedan utilizar las aguas debido a que la fuente est\u00e1 sobre otorgada como lo es el R\u00edo Copiap\u00f3, es la renuncia, ya que as\u00ed podremos ajustar las demandas comprometidas a vol\u00famenes de aguas reales y no solo a papel, lo que permitir\u00e1 a usuarios y al estado hacer una mejora en la gesti\u00f3n h\u00eddrica, pero siempre sobre vol\u00famenes efectivos de agua\u201d.<\/p>\n<p>El pago de estas patentes implica la recaudaci\u00f3n de fondos para el fisco, los que posteriormente son repartidos entre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de cada gobierno regional (65%); los municipios, en proporci\u00f3n a la superficie de las comunas donde sea competente el Conservador de Bienes Ra\u00edces en cuyo registro figuren las inscripciones respectivas (10%), y los fondos fiscales generales (25%).<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que lo recaudado por la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica por concepto de patente por no uso de derechos de aprovechamiento de aguas, para el proceso de cobro 2024, a nivel regional, correspondi\u00f3 a un total efectivo de 3 mil 954 millones de pesos, aproximadamente.<\/p>\n<p>El pago debe hacerse ante la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica durante el mes de marzo y en caso de no pagar la patente, se iniciar\u00e1 un proceso de cobranza judicial que podr\u00eda derivar en el remate del derecho.    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El proceso comenz\u00f3 oficialmente este lunes 15 de enero con la publicaci\u00f3n en el Diario Oficial del listado de titulares de derechos de aprovechamiento de aguas que deben realizar el pago en la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica. 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