“Derrotando desigualdades”: Senadora Provoste ingresa proyecto de ley para que estudiantes tengan acceso gratuito a internet durante la emergencia sanitaria

La parlamentaria denunció que “en ninguna de las medidas entregadas tanto para la educación pre escolar, básica y media, como para la universitaria, se garantiza un adecuado acceso para las y los estudiantes a Internet”. Un 70% de los alumnos y alumnas en condiciones de vulnerabilidad en el sistema escolar no tiene acceso al ciberespacio.

Durante la jornada de este miércoles, la senadora Yasna Provoste presentó un proyecto de ley para establecer la obligación de las empresas proveedoras de entregar internet gratuito a estudiantes vulnerables en caso de suspensión de clases tras la declaración de emergencia sanitaria en el país.

“El día 15 de marzo del presente año, debido a la propagación de casos de Covid-19, se anunció la suspensión de clases en jardines infantiles, colegios municipales, subvencionados y particulares, junto a las universidades, quienes tomaron la misma medida. Al día de hoy ninguna universidad se encuentra impartiendo clases en la modalidad presencial en nuestro país”, aclaró la congresista por Atacama.

Al respecto, Provoste denunció que en ninguna de las medidas entregadas por el Gobierno, tanto para la educación pre escolar, básica y media, como para la universitaria, se garantiza un adecuado acceso para las y los estudiantes a Internet. En nuestro país aún no alcanzamos cifras adecuadas de penetración de Internet en los sectores más vulnerables de nuestro país, lo que en tiempos de una crisis sanitaria como la que estamos hoy viviendo, ante la necesidad ya imperiosa de estar conectados es algo que se debe solucionar”.

Finalmente, la senadora expresó con preocupación que “las familias vivirán en este tiempo momentos económicos muy complejos, esto no puede ser un obstáculo para la educación de las y los niños y de las y los jóvenes de nuestro país, es por eso que venimos a presentar este proyecto, que tiene como idea matriz el garantizar el acceso a la red de las y los estudiantes de los grupos más rezagados de nuestro país”.

PROYECTO DE LEY

El documento legal, de artículo único, plantea que en caso de que suspenda las clases de manera presencial por motivos de peligro para la salud pública, en universidades y establecimientos educacionales de enseñanza parvularia, básica o media, *los proveedores de acceso a Internet deberán garantizar, previa solicitud del alumno o su apoderado, el acceso gratuito a dicho servicio a los siguientes estudiantes:

  • Estudiantes beneficiados con la gratuidad de Educación Superior.
  • Estudiantes de Educación superior beneficiarios con becas de estudio otorgados por el Ministerio de Educación y/o Becas de Mantención otorgadas por JUNAEB.
  • Estudiantes de enseñanza básica o media, beneficiados con la entrega de equipos computacionales o análogos, de manera gratuita por parte del Estado.
  • Estudiantes del segundo nivel de transición de educación parvularia, educación general básica y enseñanza media, comprendidos en el artículo 2° de la Ley N° 20.248 de Subvención Escolar Preferencia.

Por su parte, el proveedor de acceso a Internet deberá, en un plazo máximo de 72 horas, entregar el servicio al estudiante, el que podrá proveerse mediante equipos domiciliarios o de telefonía celular, debiendo garantizar una velocidad promedio de acceso que permita desarrollar a lo menos, de una manera adecuada, actividades de educación a distancia.

Asimismo, estos últimos deberán publicar en sus páginas web el procedimiento para acceder a este beneficio.

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