A cuatro días de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia un fallo del Tribunal Superior de Bogotá ordena a los candidatos que «dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, soliciten y programen la realización de un debate presidencial (…) atendiendo los principios de igualdad e imparcialidad que rigen la actividad electoral».
Según el Tribunal, que les da la razón a los demandantes, «la trascendencia nacional que implica la elección del presidente de la República en nuestro Estado, el derecho de acceder a los medios de comunicación de los partidos, movimientos sociales, políticos y grupos significativos de ciudadanos, lleva implícito un deber frente al ciudadano de permitirle conocer a sus candidatos».
Esta medida se da por una acción de tutela presentada por un grupo de personas bajo los argumentos del derecho de los ciudadanos a «recibir información veraz e imparcial y a la dignidad humana», e inconformes con no ver a los candidatos en un cara a cara para conocer sus propuestas y visión de país. Ahora, Rodolfo Hernández y Gustavo Petro deben programar de manera conjunta un debate este jueves 16 de junio.
Fuente: France 24