Falta poco para que finalice el plazo: Relaves mineros menores a 100 millones de toneladas que aún no inician su plan de cierre podrán ser inscritos hasta el próximo 28 de julio 2022

  • Alcanzar una minería cada vez más verde y sostenible es el objetivo nacional que, junto a otros proyectos, como la carbono neutralidad, han tomado protagonismo en el panorama industrial chileno.

Así, los distintos organismos, como el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y la Dirección General de Aguas (DGA), han desarrollado múltiples iniciativas en materia de fiscalización para asegurar un correcto manejo y tratamiento de residuos asociados a la minería, teniendo un último avance en enero de este año con la nueva “Instrucción general para la vigilancia ambiental del componente agua en relación a depósitos de relaves”, la cual establece que, hasta este 28 de julio, las empresas mineras que no hayan comenzado con su plan de cierre de relaves menores a 100 millones de toneladas, deberán inscribirlos; mismo proceso que se aplicó en abril de este año para los relaves de mayor tamaño (más de 100 millones de toneladas).

Esta normativa busca establecer un estándar de monitoreo común a nivel nacional con énfasis en el componente “agua” para vigilar la estabilidad física y química de las instalaciones con el uso de las últimas tecnologías informáticas disponibles, y aplica a todos aquellos depósitos que cumplan la condición de haber iniciado su depositación y no haber comenzado la ejecución de su plan de cierre y que, a la vez, cuenten con al menos con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.

Luego del registro de relaves dentro del plazo antes mencionado (28 de julio), las empresas deberán iniciar el reporte electrónico (para datos discretos) y finalmente la conexión en línea (para datos continuos), según corresponda. Esto con el fin de que, una vez finalizado el proceso y para comenzar con el correcto plan de cierre, puedan acudir a las entidades técnicas fiscalizadoras ambientales (ETFA) definidas por la SMA, que son las que llevarán los registros y muestreos de los parámetros discretos de calidad de agua (PDCA) para, seguidamente, contactar a empresas especializadas que puedan ayudarles en caso que, durante el proceso de fiscalización, se encuentren desviaciones en los parámetros que deban ser solucionadas en algún sector específico o lugares en donde haya escurrido el agua contaminada y haya causado daños a las superficies, como es el caso de Hidronor.

La compañía, que se ha convertido en un socio estratégico de sus clientes mineros para gestionar labores de recuperación y revalorización de los suelos contaminados, cuenta con la capacidad de brindar una serie de mecanismos para orientar, sugerir e implementar remediaciones de sitios contaminados para su futuro uso industrial o habitacional.

“Para llevar a cabo una correcta remediación de los terrenos que se vean contaminados por derrames superficiales o subterráneos de los relaves mineros, producto de la inestabilidad química del agua contenida en los mismos, realizamos un levantamiento del lugar tomando muestras y analizando las concentraciones como, por ejemplo, las de metales pesados,  para así proponer la mejor alternativa de confinamiento o saneamiento posible, y desarrollar un plan de acción para el tratamiento in situ si es solicitado”, destaca Denisse Triviños, subgerente comercial de Hidronor.

Con empresas especialistas de este tipo, y cumpliendo los plazos establecidos por la SMA, las compañías mineras tienen entonces el panorama claro para comenzar a desarrollar las buenas prácticas exigidas, las que se espera que muy pronto comiencen a dar sus frutos y aporten a la sustentabilidad ambiental esperada.

Denisse Triviños, subgerente comercial de Hidronor

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