- La Ley N° 21.423 establece que los beneficios otorgados cesarán cuando no se efectúe el pago oportuno de la boleta de consumo eléctrico. Por lo tanto, es indispensable estar al día con la cuenta de la luz para no perder el subsidio.
CGE, empresa que presta servicio de distribución eléctrica entre las regiones de Arica y Parinacota y La Araucanía, se reunió durante agosto pasado con los representantes de 147 municipios en su zona de concesión para dar a conocer los alcances y detalles de la implementación de la Ley de Subsidio y Prorrateo de deudas por Servicios Básicos generadas durante la pandemia de Covid-19 y que establece subsidios en sus cuentas eléctricas para clientes vulnerables, Ley N° 21.423.
La compañía realizó una serie de talleres y reuniones telemáticas y presenciales con 12 alcaldes y casi 300 funcionarios municipales, entre ellos directores de Desarrollo Comunitario y otros, a lo largo del país para informar de este beneficio, que se aplicará automáticamente a más de 429 mil clientes de CGE, con la finalidad de explicar detalles técnicos de la iniciativa y resolver dudas y consultas sobre su aplicación.
Con especial énfasis CGE recordó que la Ley N° 21.423 establece que los beneficios otorgados cesarán cuando no se efectúe el pago oportuno de la boleta de consumo eléctrico. Por lo tanto, es indispensable estar al día con la cuenta de la luz para no perder el subsidio.
En las reuniones también se recalcó que los beneficiarios no deben postular, ya que el proceso de inscripción se realizó de forma automática, y que a partir del mes de agosto, los clientes que son parte de este beneficio han podido visualizar en su boleta la aplicación de la Ley.
De acuerdo con lo establecido por la autoridad, la nueva Ley tiene por objetivo que las familias vulnerables puedan enfrentar sus deudas eléctricas generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, considerado el período más difícil de la pandemia por COVID-19.
Son beneficiarios de la Ley N° 21.423 los clientes que mantengan deudas generadas en pandemia que durante 2021 hayan tenido un consumo promedio no superior a los 250 kWh al mes y que se encuentren dentro de las categorías definidas en el artículo 1° de la Ley de Servicios Básicos (Ley N° 21.249), esto es, clientes residenciales, hogares de menores y de adultos mayores, organizaciones sin fines de lucro y microempresas, entre otros, por lo que recibirán automáticamente sus beneficios.
Esto implica que sus deudas serán divididas en 48 cuotas, las que no podrán exceder el 15% del valor de su cuenta promedio mensual de 2021, y que recibirán un subsidio estatal equivalente a ese mismo valor, por lo que los clientes sólo deberán pagar su consumo eléctrico mensual.
Para dudas o consultas, los clientes pueden dirigirse a la oficina comercial más cercana a su domicilio o ingresar a la página web www.cge.cl, sección Servicios en Línea