Experta responde: ¿Hay que actualizar el Registro Social de Hogares tras una catástrofe natural?

El comienzo de este año estuvo marcado fuertemente por los incendios forestales que golpearon distintas regiones del sur del país, dejando no solo cuantiosas pérdidas materiales, sino que también muchas dudas en torno a los pasos a seguir para comenzar la reconstrucción de viviendas.

Ante esto, una de las mayores consultas existentes es sobre el Registro Social de Hogares y los cambios que se deben hacer después de haber sido afectado por una de estas emergencias naturales. Martha Vivanco, Directora del Área de Ciencias Sociales del IP-CFT Santo Tomás de Puente Alto, nos despeja algunas dudas:

¿Es necesario actualizar el Registro Social de Hogares?

En este contexto es común que las personas afectadas busquen ayudas inmediatas, intentando modificar inicialmente su Registro Social de Hogares con la finalidad de acceder a los beneficios estatales”, inicia Vivanco, para luego responder claramente: no se debe actualizar el RSH.

Según explica la profesional, es importante informar a “la población afectada que, para estos casos, de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 156 de 2002 que aprueba el Plan Nacional de Protección Civil, será la ‘Ficha Básica de Emergencia (FIBE)’ el instrumento adecuado para poder acceder a todos los beneficios estatales de emergencia”.

¿Qué es la FIBE?

La Ficha Básica de Emergencia es un instrumento de catastro que se aplica en terreno en las áreas afectadas como consecuencia de una emergencia -como los incendios forestales- para identificar a los afectados y sus grupos familiares, así como también el nivel de afectación en sus viviendas, enseres domésticos, redes de apoyo y las principales necesidades producidas por la emergencia.

Con la información recopilada y la identificación de las personas afectadas, es que se podrá acceder a los beneficios estatales de emergencia, como el Bono Recuperación de 1.5 millones que fue anunciado por el Gobierno.

¿Qué información recopila la FIBE?

Vivanco cuenta que esta se consigue a través de entrevistas en terreno al jefa/e de hogar o alguna persona mayor de 18 años que pueda entregar estos datos. Lo fundamental es recoger información sobre la identificación del grupo familiar, dirección del hogar, composición, identificación de necesidades especiales, información de la vivienda, apreciación de daño, existencia de redes y participación, e identificación de responsables, entre otros.

Estas entrevistas se pueden efectuar en el terreno, albergue, en el domicilio de algún familiar e incluso en algún lugar destinado por las autoridades, tanto de forma digital como en formularios autocopiativos, donde una de las copias se mantiene en poder de la persona que entregó la información.

¿Reemplaza la FIBE al RSH?

La profesional es categórica al señalar que no, ya que “la ficha básica de emergencia es válida para una emergencia a la vez, es decir, estará vigente para todos los trámites y necesidades que surjan a raíz de la emergencia para la cual fue levantada. En el caso de que un hogar sufra posteriores emergencias, se le pueden aplicar nuevas fichas. El RSH es un instrumento que podrá ser actualizado posterior a la emergencia”.

 

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