Seremi del Trabajo llama a respetar feriado irrenunciable en el día del Censo

  • La autoridad laboral además instó a la población a abrir sus puertas y a entregar la información requerida por los censistas.

Un llamado a respetar la normativa legal referida al feriado obligatorio e irrenunciable para este 19 de abril, día del Censo Abreviado 2017, realizó la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Dissa Castellani, quién además instó a la población a abrir sus puertas para abril para recibir a los censistas y responder la encuesta.

En este sentido la autoridad laboral explicó que “el llamado es a todos los empleadores y trabajadores a respetar este feriado irrenunciable que tiene por finalidad que todas y todos puedan participar del Censo, lo que permite que todos los ciudadanos y quienes están de paso en nuestro país puedan colaborar con los censista y entregar la información requerida”.

“Esta es una gran actividad democrática que nos permitirá tomar decisiones a futuro y por lo tanto el llamado es a participar y a entregar la información”, agregó la Seremi del Trabajo, Dissa Castellani.

Al respecto la normativa señala que los trabajadores que prestan servicio en malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizados, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y en general todos aquellos que cumplen funciones en el comercio de bienes y productos alimenticios el día del censo «se encuentran eximidos de prestar servicios el día 19 de abril, al constituir este día un feriado obligatorio e irrenunciable».

Las excepciones a esta prohibición son «los establecimientos que venden combustibles, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir con turnos fijados por la autoridad sanitaria, así como cualquier servicio que el Instituto Nacional de Estadísticas haya contratado con ocasión del censo o que sea necesario para su realización».

Dissa Castellani explicó que la Dirección del Trabajo (DT) recibirá denuncias en un banner alojado en su sitio web www.direcciondeltrabajo.cl. Las denuncias serán fiscalizadas por equipos de turno que aplicarán multas y suspenderán las labores de aquellos trabajadores sorprendidos en infracción.

Para aquellos que no respeten la normativa la infracción es catalogada como gravísima y el monto de la sanción se encuentra establecido en el artículo 506 del Código del Trabajo y va de 10 a 60 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa, respecto del total de trabajadores de la misma.

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