DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES, DOS REFLEXIONES EN TORNO A LOS DESAFÍOS NACIONALES

 

 

El 15 de marzo de 1962 el presidente de EEUU John F. Kennedy pronunciaba un discurso ante el congreso de su país, señalando que, por definición, “todos somos consumidores” y reconoció por primera vez el derecho a la seguridad, a la información, a elegir y a ser oído en materia del consumo, generando los lineamientos modernos de la disciplina.

A más de 50 años de ese discurso y en atención a todo lo ocurrido desde el 18 de octubre del pasado año, es que es necesario plantearnos algunas reflexiones que resultan fundamentales en miras a una reforma estructural del sistema.

La primera reflexión, dice relación con el proceso constituyente que está en marcha y a la posibilidad de redacción de la nueva carta política. ¿Será posible elevar a rango constitucional expreso el reconocimiento, protección y promoción de los derechos de los consumidores? La respuesta es sí. Tanto en España como en Argentina, la experiencia constitucional nos dice que la regulación constitucional de reconocimiento, protección y promoción de los derechos de los consumidores es perfectamente posible, y por consiguiente, jurídicamente aplicable en nuestro país en atención al proceso constituyente.

Una segunda reflexión dice relación con la necesidad de potenciar la resolución alternativa de conflictos en materia del consumidor. En ese sentido, las reclamaciones de los consumidores ante el SERNAC pueden tener diversos resultados, uno de ellos, es que la empresa no concurra ante el requerimiento, obligando de manera ineludible al consumidor a judicializar el conflicto. En virtud de lo anterior es indispensable que el sistema alternativo de resolución de conflictos sea una instancia óptima, eficaz y eficiente en miras a dejar la instancia judicial como última ratio.

En conclusión, nos queda mucho por hacer, se requiere más regulación y mayores recursos para lograr de manera real y efectiva el reconocimiento, protección y promoción de los derechos del consumidor, pero por sobre todo, eliminar relación asimétrica entre el consumidor y el proveedor mediante instrumentos eficaces, al fin y al cabo, ¡todos somos consumidores!

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César Eugenio Vargas Rojas

Académico Facultad de Derecho y Humanidades

Universidad Central de Chile Región de Coquimbo.

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