Tras la promulgación, realizada por el Presidente Sebastián Piñera, de dos leyes que incluyen bonos y beneficios tributarios para más de 820 mil micro, pequeñas y medianas empresas que han resultado afectadas por la pandemia del Covid-19 en el país, el Vocero regional de Gobierno, Guillermo Zurita Barraza, replicó y explicó en detalle los alcances de las normativas en Atacama.
El abogado oriundo de Copiapó, argumentó que “este apoyo se traduce en la entrega de un bono equivalente a $1.000.000 para micro y pequeñas empresas; sean de carácter natural o jurídica; que tenga iniciación de actividades hasta el 31 de marzo del año 2020 y que sus ingresos anuales no hayan superado las 25 mil UF durante el mismo año”.
“En esta misma lógica, es importante afirmar que, además, para aquellas micro y pequeñas empresas que están afectas al pago de IVA, habrá un bono adicional equivalente a tres meses del promedio del IVA débito del 2019, con un tope de $2 millones. Estos dos bonos que he mencionado, tanto el primero como el adicional, aumentarán 20% en el caso que la persona natural o la titular de una empresa sea mujer” detalló Guillermo Zurita Barraza.
Respecto a las medidas tributarias anunciadas, el Vocero regional de Gobierno explicó que “éstas consideran una reducción de la tasa de interés penal de 1,5% a 0% vigente para los giros que se emitan hasta el 31 de diciembre de 2021; por otra parte, también consideran la opción de solicitar un reembolso del remanente acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se realice en julio, agosto y septiembre del año 2021. Otra de las medidas a considerar con estas leyes promulgadas es la extensión de la vigencia de las patentes provisorias, hasta por un año desde el día siguiente que finalice el estado de alerta sanitaria”
“Como Gobierno hemos hecho todos los esfuerzos para contar con vacunas para nuestro país y lo logramos. Así mismo hemos generado con apoyo transversal del Congreso generar un IFE Universal para llegar con apoyo a más familias de Chile que sabemos no lo han pasado bien. Ahora, también estamos apoyando a las micro, pequeñas y medianas empresas porque sabemos que son parte fundamental de nuestra sociedad y porque sabemos que generan empleos. No vamos a dejar trabajar. Nuestro compromiso sigue intacto”, agregó Zurita Barraza
Bono Alivio de 1 millón de pesos:
Beneficiará a 820.545 MYPEs -sean personas naturales o jurídicas- que hayan iniciado actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo 2020 y que sus ingresos anuales por ventas no hayan superado las UF 25.000 durante el 2020.
Requisitos (uno de estos tres):
1- Que haya tenido al menos un trabajador contratado durante el año 2020.
2- Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses en 2020 o 2021 (continuos o discontinuos).
3- Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ferias y otros servicios afectados.
Bono Adicional Variable:
Aquellas MYPEs que están afectas al pago de IVA, recibirán un bono adicional equivalente a tres meses del promedio del IVA débito del año 2019, con un tope de 2 millones de pesos.
Incremento para mujeres:
El bono de alivio y el bono adicional variable aumentarán 20% en el caso que la persona natural o la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada sea mujer.
Medidas tributarias para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas:
Reducción transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%: estará vigente para los giros que se emitan hasta el 31 de diciembre del año 2021.
Devolución de crédito fiscal IVA acumulado: opción de solicitar un reembolso del remanente acumulado, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, según la declaración de IVA que se realice en julio, agosto y septiembre del año 2021.
Para recibir estos beneficios, los requisitos son:
1- Haber obtenido ingresos por ventas y servicios en al menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1 de enero 2020 y el 31 de mayo 2021.
2- Que de la declaración de junio 2021 resulte un remanente de crédito fiscal de IVA generado por la adquisición de bienes o la utilización de servicios entre el 1 de marzo 2020 y el 31 de mayo 2021.
Extensión de vigencia de patentes provisorias: para aquellas empresas cuyas patentes venzan durante el período de alerta sanitaria.
Se duplica el plazo de los convenios de pago con Tesorería y Municipios -contribuciones, patentes de alcoholes y comerciales- pasando de 24 a 48 cuotas, y se establece una condonación del 100% de intereses y multas.