TIERRA AMARILLA: LA “ZONA DE SACRIFICIO” OLVIDADA

Por Jorge Oporto Marín (Periodista – Guía de Turismo).

En Chile se acuñó un término que la mayoría de las personas no le confiere mayor importancia, salvo quienes están ligadas a organizaciones ecológicas y/o ambientales y aquellas que habitan en esos lugares, mientras las autoridades gubernamentales tienden a normalizar  o considerar como “algo natural” dicha situación.

Este concepto es “Zonas de Sacrificio”, definidas como un sector geográfico donde existe una alta concentración industrial y donde se prioriza  la instalación de empresas e industrias por sobre el bienestar de las personas y el ambiente, es decir, las personas, su salud y el entorno no tienen mayor relevancia y pasan a “un segundo plano”, sin embargo, no existe una denominación legal o técnica para asignar  a un determinado  territorio en dicha categoría. En otras palabras, la legislación vigente no tiene definido o estipulado bajo que características un territorio es “zona de sacrificio”.

El concepto  es emanado de la sociedad civil organizada (SCO) y aunque hay  discrepancias al respecto, existe un consenso: son aquellos sectores donde los proyectos industriales y económicos tienen impactos negativos en la salud y la calidad de vida de quienes habitan en ellos.

La Fundación TERRAM destaca, además, que son lugares de bajos ingresos a los cuales se les ha prometido desarrollo,  mejores condiciones de trabajo y vida para sus habitantes, pero nada de esto ha ocurrido.

Determina que son “zonas de sacrificio” las comunas de Mejillones y Tocopilla (Antofagasta), Huasco (Atacama), Puchuncaví y Quintero (Valparaíso), Coronel (Bío –Bío) y Tiltil (Región Metropolitana).

No obstante, hay otras que las respectivas comunidades han categorizado de “zonas de sacrificio” como las localidades  de Calama (Antofagasta), Tierra Amarilla (Atacama) y el Seno de Reloncaví (Región de Los Lagos) por su industrialización marítima, principalmente San José de la Comuna de Calbuco y Chinquihue de la Comuna de Puerto Montt.

COMUNA DE TIERRA AMARILLA

Para los habitantes de la Comuna de Tierra Amarilla, con una población de 14.019 personas según CENSO 2017,  es muy lamentable decir que viven en una “zona de sacrificio”, una clasificación que los estigmatiza y existe la sensación que la comuna está abandona a su suerte: rodeada de relaves mineros altamente tóxicos, escasez hídrica e invadida de pesticidas y plaguicidas usados para mantener la explotación de parronales con la producción de uva de mesa de gran demanda en el mercado internacional.

Un informe del SERNAGEOMIN (Servicio Nacional de Geología y Minería) de 2018, señala que en Atacama existen 161 relaves, de los cuales 35 están en la comuna tierramarillana. En Copiapó 84, Diego de Almagro 17, Vallenar 13, Chañaral 7, Freirina 3, Caldera 1 y Huasco 1, sin embargo, el documento reconoce que faltaron por catastrar otros, algunos de los cuales estaban a menos de 150 metros de viviendas y poblaciones, es decir, Tierra Amarilla sólo es superada por la Comuna de Copiapó en cuanto a relaves y debería hacerse un nuevo catastro para comprobar cuantos están operativos y cuantos abandonados, denominados pasivos ambientales, debido a la pandemia (COVID 19).

Por su parte, la Red de Vigilancia Epidemiológica de Plaguicidas, dependiente del Ministerio de Salud, contabilizó en la Región de Atacama, entre el año 2005 y 2018, una cifra de 225 casos de trabajadores intoxicados con agroquímicos y la mayor cantidad corresponde a la Comuna de Tierra Amrilla con188 personas.

Existen opiniones médicas que debido a esta contaminación el número de niños con autismo crece año a año, pero prácticamente no son tomadas en cuenta porque aún no existe un estudio científico causa – efecto para validarlas.

Finalmente, los vecinos sospechan que aún persisten en algunos sectores suelos con alta concentración de plomo y arsénico  producto del aluvión del año 2015.

La sensación de desamparo que experimentan los tierramarillanos está reflejada en el Recurso de Protección presentado en junio contra el Ministerio el Medio Ambiente por no declarar la comuna “zona saturada”, lo que obligaría a aplicar un Plan de Descontaminación. Este sentir es una realidad.

AGENDA CIUDADANA

Los problemas descritos no son nuevos, pues ya en 1998 la comunidad organizada indicaba que los relaves mineros, escasez y mala calidad del recurso hídrico y la contaminación el suelo, aire y agua eran evidentes, y donde los residuos tóxicos de la minería y los fertilizantes, pesticidas y plaguicidas estaban presentes en todo el valle.

Estas opiniones fueron expresadas en un encuentro- taller donde participaron unos 60 representantes de organizaciones de bases de Copiapó, Tierra Amarilla, Huasco y Freirina, realizado en el restaurante Las Pircas de Copiapó y convocado por diversas organizaciones ambientales y ecológicas y auspiciado por el Programa Chile Sustentable.

Los resultados y conclusiones del encuentro se plasmaron en el texto “Agenda Ciudadana para el Desarrollo Sustentable de Atacama” y fue entregado al intendente, gobernadores y alcaldes, sin embargo y a pesar de contener   acciones y estrategias para impulsar las propuestas y cambios necesarios, no fue bien acogido y muchos de los problemas detectados y explicitados persisten e incluso se han incrementado, es decir, después de 22 años los problemas ambientales, ecológicos, sociales y otros continúan sin solución.

EL TURISMO AMENAZADO

La calidad de vida de sus habitantes es vulnerada, pero también actividades económicas que pueden ser un aporte al desarrollo y progreso de la comuna como el turismo, donde organismos comunitarios, gubernamentales y privados han invertido ingentes recursos financieros tendientes a fomentar el turismo en la zona..

Esta situación es una contradicción que cuesta entender, más aún cuando en Tierra Amarilla  se creó un circuito turístico minero de gran importancia y que, a la vez, constituye un patrimonio cultural que no solamente pueden y deben conocer los turistas nacionales, sino que también extranjeros.

Mina El Tránsito, Museo Minero de Tierra Amarilla, Centro Histórico y Cívico donde destaca la Iglesia Nuestra Señora  de Loreto, y al interior del valle el Pucará de Punta Brava, Viña del Cerro (vestigios de fundición incaica), Palacio Incaico La Puerta, Acueducto Amolanas, Tranque Lautaro, pinturas rupestres y huellas de dinosaurios son lugares a los que hay que ir, pero sin contaminación y sin contaminar. (Al regresar traiga todos los desechos, principalmente emvases de comida y bebestibles, que ocupó en el tour o visita). .

El Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, presentado en el Consejo de DD.HH. celebrado en Ginebra (2019), señala que las zonas de sacrificio ambiental se caracterizan por desarrollos industriales intensivos que provocan graves daños ambientales y el empobrecimiento de las comunidades locales.

Recomienda que se investiguen los efectos negativos para los habitantes de esas zonas, se acelere la implementación de programas de recuperación socioambiental, se elaboren normas de calidad ambiental acordes con los estándares  internacionales de la OMS (Organización Mundial de la Salud).

También que se establezca un marco normativo claro para las empresas,  a fin que sus actividades no afecten negativamente  el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de la población.

Estas recomendaciones apuntan a que las “zonas de sacrificio” vulneran derechos humanos básicos, que los habitantes de esos territorios no tienen porque soportar, como el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación y a la salud.

LEY N°19.300 Y ZONAS SATURADAS

Un trabajo publicado por la Revista Notas Históricas y Gráficas de la Facultad de Humanidades de la Universidad de Playa Ancha, N°26, enero/junio 2021, estipula que el concepto, al no estar tipificado en la legislación vigente, sirve para denunciar y tratar de acabar con una situación intolerable: sectores donde sus habitantes han sido condenados a vivir en un ambiente muy contaminado vulnerando sus derechos básicos o esenciales como el derecho a la salud, educación, vivienda y otros.

Destaca que la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente  a denominado en forma eufemística  “zonas latentes” y “zonas saturadas” a los territorios que realmente son “zonas de sacrificio”.

Las primeras son aquellas donde los contaminantes en el aire, agua y suelo se sitúan entre el 80 y 100 por ciento del valor de la respectiva norma de calidad ambiental, mientras las segundas donde una o más normas de calidad ambiental se encuentran sobrepasadas.

Precisamente, en junio último, vecinos y el Municipio de Tierra Amarilla interpusieron un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Copiapó contra el Ministerio de Medio Ambiente porque, según ellos, dicho organismo no ha declarado Zona Saturada la comuna a pesar que tiene los antecedentes respectivos para hacerlo, porque los estudios pertinentes demuestran que el material particulado respirable, MP10, supera la normativa legal vigente. Este material excede los niveles diarios y anuales permitidos por la norma ambiental respectiva en un polígono que abarca Copiapó, Paipote  y Tierra Amarilla.

Declarar la comuna de Tierra Amarilla como”Zona Saturada” obliga por ley elaborar y aplicar un Plan de Descontaminación que sancione a las fuentes que han sobrepasado los niveles permitidos de emisión del elemento contaminante, en este caso material particulado respirable.

Los vecinos señalan, entre otros problemas, que padecen  diversas afecciones respiratorias como asma, bronquitis y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC).

Las “zonas de sacrificio”  es una denominación que jamás debió existir en nuestro país, ni siquiera como elemento de denuncia, pero siendo una realidad innegable, sólo queda complementarlo con una lucha decidida para acabar con tan ominoso daño y plasmar y garantizar en la Nueva Constitución Política de Chile  que sus habitantes deben vivir en un entorno que les permita ejercer a cabalidad sus derechos fundamentales y el Artículo 19, N°8,  de la actual Constitución: “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”, no sea letra muerta.//

 

 

 

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