Resolución de controversias en tiempo reducido

Por Christian Contador
Presidente
Centro Arbitraje y Mediación Minero- CAMMIN

Recientemente nos hemos informado que la corte federal en Reno, Nevada,  Estados Unidos, celebró una audiencia el 27 de agosto para determinar si la excavación arqueológica en el sitio de la mina de litio de  la canadiense  Lithum Americas, Thacker Pass, debería bloquearse mientras considera la cuestión más amplia de si la aprobación debería haberse otorgado en primer lugar.

Otros antecedentes conocidos son que la jueza rechazó el mes pasado una solicitud de ambientalistas para evitar la excavación, pero luego permitió que las tribus esencialmente hicieran la misma solicitud, esgrimiendo que no participaron en el proceso de permisos de la mina cuando se les preguntó y no compartieron sus creencias sobre la tierra hasta principios de este verano, después de que se aprobó el proyecto.

Este proyecto pretende apuntar a una capacidad inicial de 30 mil toneladas por año de litio útil para baterías en 2022, para luego aumentar a 60 mil toneladas por año en 2026. El mineral será lixiviado utilizando ácido sulfúrico y convertido en producto para baterías en 24 horas. Está ubicado en la Caldera McDermitt al norte de Nevada, a unas horas de la fábrica de Tesla Motor en Sparks.

Esta información nos muestra el engorroso proceso al que deben enfrentarse estos proyectos cuando llegan a los tribunales, en los que los tiempos de resolución no se condicen con los tiempos de un proyecto minero de esta magnitud.

Creo que a este caso le haría muy bien un Centro de Arbitraje y Mediación Minero, como CAMMIN, ya que se habría trabajado en forma anticipada con las comunidades indígenas y el proyecto y lo habrían resuelto ellos con cualquier mecanismo. En este caso en particular seguramente habría sido mediante la mediación.

En otras palabras, un CAMMIN norteamericano habría interactuado con las comunidades y con el proyecto y aplicado un instrumento de mediación. De esa forma se podría haber llegado a un acuerdo convencional, como una transacción o equivalente y le se la habrían propuesto como solución a lo que constituye el Sistema de Evaluación Ambiental de ese país.

En Chile tenemos dos casos similares al de Thacker Pass, estos son Punta Negra de Escondida y Rajo Inca. En estos casos la comunidad solicitó a la autoridad que interactuaran contra las compañías. Si en estos proyectos hubiese intervenido CAMMIN, el Centro habría sido el garante legal, como mediador y no habría sido necesario la intervención de la autoridad, que desde ya con su participación le resta valor.

Si los casos expuestos se hubiesen manejado a través de un organismo especializado, se habría resuelto y los acuerdos transaccionales, se le presentan directamente a la autoridad. De esta forma todos ganan.

Gana el proyecto porque evitó la intervención de la autoridad y, la comunidad gana, porque se le da la confianza de que se van a cumplir los acuerdos pactados.

Luego viene el seguimiento o acompañamiento a las partes involucradas de los hitos que establecieron. CAMMIN no solo es un mediador, sino que además acompaña el proceso de forma tal de ser garante del cumplimiento de los compromisos establecidos.

Los proyectos de recursos naturales no renovables requieren de soluciones en corto tiempo, porque su desarrollo es de largo plazo; por ello la resolución temprana de conflictos es un valor para las compañías, y en este caso, también para las comunidades.

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