Sin lugar a dudas puede afirmarse que actualmente las plataformas digitales y aplicaciones, juegan un rol relevante en la sociedad, al punto que se le ha llamado “la sociedad de la información”, que ha surgido de la mano de cuantiosos avances tecnológicos que han ocasionado ciertos cambios culturales acaecidos paralelamente a la consolidación del Estado de Derecho, siendo considerada la libertad de información, su difusión y el acceso a la misma, como garantías constitucionales de primer orden.
Desde luego, la información relacionada con procesos judiciales, ciertamente concita un marcado interés de la opinión pública, que exige transparencia en los actos de los organismos estatales relacionados con dichas materias. En lo que atañe al Ministerio Público, éste –como norma irrenunciable- ajusta todos sus procesos y actuaciones al citado estándar, el que, unido al principio de objetividad que rige a los fiscales, sitúan a la Fiscalía como una institución respetuosa del Derecho a la Información que tiene la comunidad sobre las investigaciones a su cargo, en tanto que el debate de aquellas actuaciones que pudieran vulnerar los derechos de los intervinientes en el proceso, es realizada por los fiscales únicamente ante los tribunales de justicia. De ahí entonces, que resulta lamentable que personas citadas de conformidad a la ley, decidan no presentarse a una audiencia y verter expresiones jactanciosas y mendaces a través de los medios de comunicación, cuestionando los actos ejecutados por el Ministerio Público ante Tribunales de Justicia, en vez de comparecer, defenderse y litigar ante ese mismo tribunal. Lo anterior resulta inaceptable, cuando los que realizan dicha conducta son funcionarios públicos, quienes, amparados por su fuero, retardan la acción de la justicia o difunden expresiones ofensivas y falsedades, personalmente o a través de su círculo íntimo, denostando a fiscales que sólo cumplen su función con estricto apego a la ley.
Sobre esta materia, la posición del Ministerio Público es una sola: actuar con transparencia y objetividad ante cada una de las investigaciones a su cargo, respetando la Constitución y la ley, observando de modo irrestricto el principio constitucional de igualdad en el tratamiento de toda persona en la investigación de un delito.
No está de más decir que tan deplorables episodios, en modo alguno inhiben o amedrentan al Ministerio Público de llevar ante los Tribunales de Justicia a los responsables de cualquier ilícito cuando así corresponda.
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