- En el tribunal de garantía de la ciudad de Copiapó se inicia el miércoles 31 de agosto, juicio contextualizado en la incorporación de delitos que abarca la Ley de Acoso Sexual y Callejero promulgada en el 2019
- La victima solicito apoyo a la institución, apenas ocurridos los hechos en el último trimestre del 2020
Las leyes impulsadas por el Ministerio de la Mujer y la equidad género, ha logrado relevar judicialmente las distintas vulneraciones de derechos que sufren las mujeres, no solo por parte de parejas o exparejas, sino que también en otros contextos como lo son el laboral. Es por este motivo, que la promulgación de la Ley de Acoso Sexual y Callejero, ha permitido representar dos casos de connotación pública regional, enmarcadas en la tipificación e incorporación de nuevos delitos, que busca proteger los derechos de las mujeres en ámbitos público y privados.
Esta semana, se inicia juicio en el tribunal de garantía de Copiapó, donde SernamEG representa a víctima que denuncio abuso sexual. Los hechos denunciados ocurrieron al interior de su lugar de trabajo en instalaciones de Gendarmería por parte de su superior jerárquico. Por otra parte, el otro caso que actualmente representamos y con fecha de juicio para la próxima semana, corresponde a dos víctimas que son registradas en imágenes sin su consentimiento por parte también de una jefatura, hechos ocurridos al interior del canal estatal en el 2021.
“Es importante destacar que estas situaciones no las podemos obviar ni normalizar como sociedad. Por este motivo, a pesar de que no son casos que representamos normalmente desde la Dirección Regional, queremos hacer el llamado a las mujeres de nuestra región a que denuncien en la Fiscalía o las policías estos tipos de hechos, ya que podemos evidenciar que ambos casos han sido investigados, donde como SernamEG hemos representado a las víctimas y velado por sus intereses”, señaló la Directora Regional de SernamEG Camila Tapia Morales.
Ambos casos, son representadas por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, a través de la abogada Camila Morales Sepúlveda, de la Línea de Violencia Extrema.
“Debemos destacar que gracias a la Ley de Acoso Sexual y Callejero, uno de los grandes avances fue la incorporación del articulo 366 que sanciona el Abuso sexual por sorpresa, sin consentimiento de la víctima mayor de 14 años. Estas conductas atentan contra los derechos de las víctimas, no solo desde el ámbito que aborda la justicia, sino que en estos lamentables casos afectan sus derechos como trabajadoras y como mujeres”, agregó finalmente la Directora Regional Camila Tapia Morales.