Seremi del Trabajo y Previsión Social informa sobre los derechos de los trabajadores en el día del Plebiscito

Los empleadores por ley deben facilitar la votación de aquellas personas que deban laborar ese día.

La Seremi del Trabajo y Previsión Social Regional, Gladys Paola Cortés participó en una actividad informativa sobre los derechos de los trabajadores de cara al plebiscito del próximo domingo 4 de septiembre, entregando información a trabajadores y trabajadoras en el centro de Copiapó. En la ocasión, además, se remarcó que los empleadores, por ley, deben facilitar la votación de aquellas personas que deban laborar ese día.

Agregó que “Es muy importante que los trabajadores participen de este acto plebiscitario y que los empleadores, tengan claridad que deben otorgar los permisos y las facilidades para que puedan concurrir a ejercer su derecho, en este sentido hacemos un llamado a las empresas mineras de nuestra región situadas a menos de 200 kilómetros de los lugares registrados como domicilio electoral de sus colaboradores, para facilitar a que puedan concurrir a cumplir con su deber cívico”.

Cortés destacó que “Los trabajadores van a contar con un permiso legal autorizado por el plazo mínimo de 2 horas. Al respecto, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen que regula dicho permiso, considerando que esta ocasión se trata de una votación, en primer lugar, de carácter obligatorio para todas las personas y, en segundo lugar, se va a producir en un contexto donde todavía se encuentra vigente una alerta sanitaria, así como también se han producido cambios en los domicilios electorales, para lo cual llamamos a los trabajadores a informarse a través de la página del Servicio Electoral (Servel)”, dijo la secretaria regional.

En el encuentro, la seremi informó que la Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará en la jornada del Plebiscito Constitucional que, en primer lugar, se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día. Y, en segundo término, que se respete el feriado obligatorio de aquellas personas que se desempeñan en comercios administrados por una misma razón social o personalidad jurídica, como malls y strip center. Sólo en el caso de estos trabajadores, el feriado tiene además el carácter de irrenunciable.

Finalmente, la secretaria regional comunicó que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el canal de atención telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 4 de septiembre y en el sitio web institucional, www.dt.gob.cl.

 

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