Ana López Dietz
Académica Trabajo Social UCEN
La migración y el refugio son dos temas de gran actualidad e importancia. El fenómeno del desplazamiento voluntario o forzado de personas se viene acrecentando en los últimos años, tanto por razones de conflictos armados, guerras o violencia política (Siria, Yemen, Colombia, Venezuela, etcétera), pero también por razones de género, el impacto de la crisis climática y otras problemáticas sociales.
Necesitamos comprender la diferencia entre migración y refugio. Según instituciones como la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) la migración se refiere al movimiento de personas fuera de su residencia habitual, lo que puede ser al interior del propio país o fuera de él; mientras que las personas refugiadas son aquellas que se ven obligadas a dejar su lugar de origen, porque está en riesgo su integridad física, ya sea por persecución, conflictos políticos o armados. Por ello, la protección a estas personas está definida en tratados y normas internacionales, como por ejemplo el principio de “no devolución”. Existen organismos preocupados de su cumplimiento, como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
La OIM estima que en 2020, había 281 millones de migrantes en el mundo -lo que corresponde a un 3,6% de la población mundial-; 89,4 millones de personas desplazadas, con 26,4 millones de refugiados. En nuestro país, según el Instituto Nacional de Estadísticas, en 2020 había 1.462.103 personas extranjeras, mientras que, entre 2010 y 2021, unas 19.339 solicitaron refugio en territorio nacional. La mayoría de las y los migrantes que hoy se encuentran en Chile, al igual que quienes están solicitando refugio, provienen de Venezuela, Colombia y Haití.
Abordar esta realidad implica una mirada interdisciplinaria y compleja, que genera todo tipo de discusiones y debates a nivel de políticas públicas y la propia sociedad, pero que debemos considerar siempre desde la perspectiva de los Derechos Humanos y los derechos fundamentales: el derecho a la libre circulación y a la protección de las personas, está consagrado -entre otros instrumentos- en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y en el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (1966).
Observar esta realidad desde la perspectiva de género, implica visibilizar especialmente la realidad que viven las mujeres y diversidad sexual, migrantes y refugiadas, que se ven enfrentadas/os a mayores vulnerabilidades y situaciones de violencia -sexual, acoso, trata de personas-, discriminación, no reconocimiento de la identidad de género, precariedad y pobreza, durante el proceso de desplazamiento.
Es por eso, que la intervención social debe considerar especialmente la dimensión de género, tanto para abordar la realidad, como para situarse éticamente en la defensa y reconocimiento de las comunidades, grupos y personas que viven la exclusión, discriminación y vulneración, como son las mujeres y diversidades sexo-genéricas migrantes y refugiadas. Esto nos emplaza a pensar en el rol que se tiene desde la propia sociedad civil, de las y los profesionales -abogadas/os, psicólogas/os, trabajadores sociales, entre otros, pero también de qué manera podemos colaborar en construir sociedades basadas en la inclusión, el respeto y la valoración respecto de los Derechos Humanos y de la diversidad.