Daniela Salgado Robles, abogada, académica UCEN Región Coquimbo
La ley sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, que recientemente entró en vigencia, considera a las y los menores de edad como verdaderos sujetos de derecho, dejando atrás la concepción adulto centrista que objetivizaba a personas con una opinión, con intereses, pero consideradas incapaces para algunas actuaciones de la vida adulta.
La judicialización de niños, niñas y adolescentes (NNA), sea en contexto proteccional por vulneración grave de sus derechos o por disputas de sus padres o adultos custodios, ha hecho necesario visualizarlos y sobre todo enfocar el proceder y decisiones que los afectan, desde una perspectiva de respeto y protección que garantice su desarrollo integral; y para eso el Estado ha debido desplegar sin limitaciones, el máximo de los recursos para cumplir ese mandato legal.
A partir de lo anterior, se ha establecido en la Ley Nº 21.430, que todo NNA debe ser representada (o) por un abogado (a) especialista en materias de familia, infancia y adolescencia, bajo sanción de declarar nulo el procedimiento si este requisito no se cumple.
Lo anterior se ha vuelto un verdadero desafío, teniendo en consideración que la formación académica y profesional de los abogados y abogadas se enfoca – desde la litigación- a la defensa de intereses de adultos desde una postura generalmente controversial donde se disputa la pretensión del cliente.
En el caso del abogado de un NNA debe defender los derechos e intereses de su cliente menor de edad, que se enfrenta a situaciones familiares complejas, que indudablemente generan ansiedad, angustia miedo, conflictos de lealtades, entre tantos otros sentimientos, de manera que la perspectiva profesional ya no es controversial, sino más bien objetiva con un fin único que no es otro que defender el interés manifiesto de su cliente, en la medida que no afecte su interés superior. Tarea no menor.