- Como es de conocimiento público, desde el 1º de enero del 2023 se aplicará la Ley 21.420 publicada en julio de 2022, que cambia la definición de servicios, e incorpora exenciones de IVA a las Sociedades de Profesionales y los servicios médicos ambulatorios.
Además, las rentas obtenidas por corredores, martilleros, agentes de aduana, embarcadores y otros que intervengan en el comercio marítimo, portuario y aduanero, y agentes de seguro que no sean personas naturales y empresas de diversión y esparcimiento.
A partir del 1 de enero de 2023, están gravados con IVA todos los servicios profesionales prestados en Chile y los servicios prestados desde el extranjero, cuando sean utilizados en Chile.
«Como Cámara Minera de Chile creemos que es importante, ante la situación económica del país, la que tanto por la inflación en la que estamos inmersos como por las consecuencias económicas que aún se arrastran por efecto de la pandemia, es importante estudiar la posibilidad de postergar la entrada en vigencia, apoyando de esta forma, especialmente a los profesionales independientes», explicó el Presidente de la Cámara Minera de Chile, Miguel Zauschkevich Domeyko.
Además indicó que en el sector minero existen diversos profesionales que se verán afectados como ingenieros de minas, geólogos, abogados, ingenieros ambientales, constructore, entre otros muchos.
El personero agregó que ya se presentó una iniciativa en el Senado que solicita esta prórroga y en la que se informa que el Servicio de Impuestos Internos, SII, ha manifestado que existen vacíos en esta Ley, por lo que no es arbitraria la intención de aplazar su entrada en vigencia.
«También se debe considerar que la situación económica del país no es la mejor. Hemos conocido instancias en las que se están tomando acciones para potenciar la inversión, sin embargo, con normas como éstas se hará más complejo por cuanto el costo final del servicio lo pagará el consumidor final, encareciendo todos los servicios», concluyó el Presidente de la Asociación Gremial.