“No es no”: Tribunal Oral en lo Penal condena a 6 años a hombre por delito consumado de violación a expareja

  • Los hechos ocurrieron a finales del 2021 en la Región de Atacama y la víctima contó con el patrocinio legal de la abogada de la Línea de Violencia Extrema del SernamEG Atacama.

En noviembre de 2021, una mujer residente en la Región de Atacama fue violentada sexualmente por quien fuera su expareja, hechos que fueron constitutivos de delito consumado de violación a mujer mayor de 14 años, quedando el sujeto de 38 años de edad con iniciales J.R.N con una condena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo.

Los hechos fueron conocidos por el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó durante la primera semana de febrero de 2023, y la víctima fue representada a través de la abogada de la Línea de Violencia Extrema de SernamEG, Camila Morales Sepúlveda, quien presentó una querella en el año 2021, acompañándola a ella y su familia durante todo el proceso.

El delito, sucedió en el domicilio del sentenciado luego de que él y la víctima se reunieran para compartir junto a otros amigos. Según el relato de la víctima, el sujeto comenzó a portarse de manera violenta después de haber ingerido alcohol y le rompió su celular, la redujo y la amenazó con un cuchillo de cocina, incurriendo en la violación, a pesar de la negativa de la víctima.

Durante el juicio, el abogado defensor argumentó como atenuante que la víctima había concurrido voluntariamente al domicilio del acusado y que se había tratado de una relación sexual consensuada, sin embargo, las partes acusatorias rebatieron gracias a pruebas, testigos y otros medios, arguyendo el fenómeno de la cultura de la violación, la naturalización de este delito cuando sucede en relaciones o vínculos afectivos y a que muchas veces, las pruebas biológicas -como exámenes sexológicos- no necesariamente presentan lesiones en la zona genital (sobre todo en mujeres adultas) lo que no significa que haya habido consentimiento en el acto sexual.

”Lamentablemente, la mayoría de los delitos sexuales cometidos en contra de mujeres adultas se desarrollan en contextos de esparcimiento o son realizados por figuras conocidas por las víctimas. Estas circunstancias tienden a justificar las conductas abusivas sexuales de los hombres que las cometen, lo que por la literatura especializada son un reflejo de la “Cultura de la Violación”. En este sentido, valoramos mucho la sentencia del Tribunal, ya que los delitos sexuales son una forma paradigmática de discriminación hacia la mujer, por lo que en estos casos la materialización del Derecho al acceso a la justicia para las víctimas es fundamental”, señaló Camila Morales S., abogada de SernamEG.

“Es importante informar y relevar a las mujeres y en especial a la comunidad estos lamentables hechos, ya que ocurren más seguido de lo que quisiéramos. Muchas veces hemos repetido que NO ES NO, y que las mujeres no estamos obligadas a tener relaciones sexuales cuando no queremos, ya sea nuestra pareja, ex pareja o quien sea. Las relaciones sexuales sin consentimiento son y siempre serán una violación” comentó al respecto la directora regional de SernamEG, Camila Tapia Morales.

Cabe mencionar que el nombre de la víctima, su lugar de procedencia y otros detalles son omitidos para proteger su identidad.

Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, llama al número 1455, y recibe orientación rápida, gratuita, confiable, discreta y segura 24/7.

 

Síguenos en facebook

Comparte

Facebook
Twitter
WhatsApp
error: Contenido protegido!!!