COLUMNA DE OPINIÓN SEGUNDO TIEMPO CONSTITUYENTE

Por Luis P. Morales Vergara

Consultor Empresas Privadas y Públicas

La Fundación Chile Descentralizado Desarrollado, convocó a un grupo plural de 23 investigadores de distintas visiones de sociedad, relacionadas a diferentes disciplinas, regiones e instituciones, con el fin de entregar al país un conjunto de propuestas constitucionales, en dos dimensiones altamente interdependientes: descentralización y participación. El documento académico se denomina descentralización con participación en la nueva constitución, y define 5 ejes como propuestas: El primero es un nuevo modelo de estado unitario descentralizado que corrija el centralismo actual con un modelo integral de descentralización política, administrativa y fiscal dentro de este marco jurídico se propone garantizar la unidad del estado, posibilitando que las entidades territoriales y locales puedan decidir autónomamente sobre aspectos que concierne a su respectiva realidad territorial —local o regional—, manteniendo las competencias del nivel central para aquellas materias que trascienden a los niveles local y regional.

La segunda propuesta es sobre gobierno y administración interior del estado descentralizado la cual preserve la unidad del estado, con autonomía de los gobiernos locales (municipalidades) y regionales, en el ámbito de sus respectivas competencias distinguiendo claramente las funciones separadas, pero colaborando armónicamente para la realización de sus fines. En la actualidad todas las municipalidades del país, sin distinción de su tamaño y capacidad, están dotadas solamente de un rol de administración local, pero carecen de competencias propias de gobierno local, realidad que las debilita severamente en su capacidad de gestión para atender las oportunidades de desarrollo y demandas de sus respectivas comunidades locales. Esta condición hace necesario proponer el fortalecimiento municipal en fomentar la innovación y la competitividad, las inversiones y el financiamiento (base del aporte tributario de cada territorio) considerando también el ampliar atribuciones para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura local.

La tercera propuesta son los principios constitucionales de descentralización, con el concepto de autogobierno que se entiende dentro del marco de competencias que se le asignan a cada nivel, evitando el control jerárquico del nivel central y reconociendo la dimensión política de la descentralización. Lo anterior es sin perjuicio de la necesaria tutela jurídica y financiera por parte del nivel central. Con ello se evita que el término autonomía se interprete de una manera extrema que pueda resultar incompatible con la unidad del estado y este a la vez asegure el desarrollo social con armonía y heterogeneidad en los territorios velando por su desarrollo equitativo y solidario. Esta propuesta incorpora principios de descentralización fiscal a través de transferencias fiscales a los gobiernos subnacionales acorde a cumplir con una compensación económica interterritorial para que los territorios donde se produce la explotación de recursos naturales que generan externalidades negativas, deban ser compensadas en la forma y el grado que determine la ley.

La cuarta propuesta, se basa en los mecanismos de resolución de conflictos de competencia entre los niveles local, regional y central reconociendo el rol del tribunal constitucional; tribunales superiores de justicia, corte suprema, tribunales contencioso-administrativos especializados, o algún modelo mixto que determine la convención constitucional. Mientras que el quinto eje propone fortalecer los principios de participación ciudadana para que el estado asegure el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional y promueva a través de los mecanismos e instrumentos de participación en los asuntos públicos, en todos sus órganos y niveles, en la forma que la ley establezca, facilitando los medios para que dicha participación sea posible, de manera incidente, comprehensiva, abierta, inclusiva y oportuna.

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