ESTE LUNES SE REALIZARÁ INSTALACIÓN DE COLEGIOS ESCRUTADORES EN LA REGIÓN DE ATACAMA

Directora Regional Servel Atacama Informa, que el lunes 08 mayo se realizará la Instalación de los Colegios Escrutadores en la Región de Atacama.  Los Secretarios(as) y miembros del Colegio deben presentarse a las 14:00  horas en el lugar de funcionamiento de los mismos según  corresponda y que son los siguientes:

SedeCodigo ColegioNombre Establecimiento
CALDERA307ESCUELA MANUEL ORELLA ECHANEZ
CHAÑARAL302LICEO FEDERICO VARELA
COPIAPO301LICEO BICENTENARIO MERCEDES FRITIS MACKENNEY
COPIAPO306LICEO BICENTENARIO MERCEDES FRITIS MACKENNEY
COPIAPO309LICEO BICENTENARIO MERCEDES FRITIS MACKENNEY
COPIAPO310LICEO BICENTENARIO MERCEDES FRITIS MACKENNEY
COPIAPO312LICEO BICENTENARIO MERCEDES FRITIS MACKENNEY
COPIAPO313LICEO BICENTENARIO MERCEDES FRITIS MACKENNEY
DIEGO DE ALMAGRO303ESCUELA ALIRO LAMAS CASTILLO
FREIRINA305LICEO GENERAL RAMON FREIRE
TIERRA AMARILLA311ESC. BASICA MARTA EMILIANA AGUILAR ZERON
VALLENAR304LICEO PEDRO TRONCOSO MACHUCA
VALLENAR308LICEO PEDRO TRONCOSO MACHUCA

EL Colegio escrutador tiene por finalidad reunir las actas de los escrutinios realizados por las mesas receptoras de sufragios y sumar los votos que en ellas se consigne. Habrá un Secretario(a) designado preferentemente notarios, secretarios de juzgados de letras y auxiliares de la administración de justicia, abogados u otros ministros de fe.

Los miembros del Colegio Escrutador que no asistan a desempeñar la función incurren en una infracción electoral, que se sanciona con multa a beneficio Municipal entre 2 y 8 UTM.

Señaló la Directora Regional, María Isabel Barón Cailly, que existen disposiciones expresas en la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, respecto de aquellas personas que trabajan el día de la elección, indicando expresamente que “Los empleadores deben conceder los permisos necesarios, sin descuento de remuneraciones, a los trabajadores que sean designados vocales de mes y miembros de colegios escrutadores o delegados de Junta Electoral.”

Además, se informa que el Delegado de la Junta Electoral deberá concurrir personalmente al inicio de la sesión, con el objeto de hacer entrega de los sobres dirigidos al Colegio Escrutador que contienen las Actas de Escrutinio de las Mesas Receptoras de Sufragios del local de votación donde ejerció su función. Arts. 84, inciso final y 95, Ley N° 18.700.

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