TOP DE COPIAPÓ CONDENA A 15 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE ABUSO SEXUAL DE MENORES

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó a L.H.R.T. a la pena efectiva de 15 años de presidio, como autor del delito reiterado de abuso sexual de menores. Ilícito perpetrado entre 2007 y 2016, en la comuna de Vallenar.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Eugenio Bastías Sepúlveda (presidente), Miriam Pérez González y Salvador Briceño Guevara (redactor)– condenó, además, a S.E.R.T. a la pena de 540 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, como autor del delito de abuso sexual por sorpresa. Ilícito perpetrado en Vallenar, en noviembre de 2020.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en un día y hora indeterminada, en noviembre de 2020, en el interior de una casa ubicada en la comuna de Vallenar, S.E.R.T. realizó un acto de significación sexual y de relevancia en perjuicio de la víctima nacida en abril de 2006.

En tanto, en 2013, en un día y hora indeterminada, en el interior de una casa de la comuna de Vallenar, L.H.R.T., realizó actos de significación sexual y de relevancia mediante contacto corporal en perjuicio de la víctima anterior, de entonces 7 años de edad. Conducta que reiteró en otro domicilio en 2014 y 2016.

Finalmente, entre 2007 y 2010, en distintos días y horarios no determinados, en el interior de una casa ubicada en la comuna de Vallenar, L.H.R.T. en distintas ocasiones realizó actos de significación sexual y de relevancia en contra de la segunda víctima, una entre 9 y 12 años de edad en dicho periodo, nieta de su conviviente.

El tribunal impuso, además, a L.H.R.T. las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; más la accesoria especial de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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