Kurt Iturrieta Guaita
Director Regional
SERNAC Atacama
El Servicio Nacional del Consumidor dio a conocer una buena noticia que beneficia a la ciudadanía. A través de un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) se logró un acuerdo con la empresa cable operadora Mundo Pacifico, cuyos clientes de la región de Atacama serán compensados por las interrupciones del servicio de televisión entre los años 2023 y el primer semestre de 2024.
En promedio, las 13 personas afectadas de la región recibirán un monto de $3.978, y un máximo de $4.442 que serán descontadas de sus boletas o transferidas a una cuenta bancaria, en caso de que ya no sea cliente de Mundo.
El universo de beneficiarios es mucho más amplio y llega a 268.994 consumidores de diversos lugares del país, siendo el desembolso total de $1.087.069.187 para la empresa, sumando los montos de devoluciones por el servicio no prestado, así como las respectivas indemnizaciones.
Además, este acuerdo considera un monto adicional para todas las personas que reclamaron ante el SERNAC por este motivo, según el canal que se efectuó el trámite: oficina presencial ($11.560), sitio web ($1.020) o call center ($1.430).
Adicionalmente al pago de las restituciones e indemnizaciones, en caso de futuras interrupciones de servicios, la empresa se comprometió a aplicar desde junio de 2024 los descuentos, reembolsos e indemnizaciones correspondientes de forma directa y automática a los clientes que se vean afectados.
Este acuerdo se enmarca en un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC), que es una facultad del SERNAC para que las personas que se han visto perjudicadas por alguna empresa sean compensadas en el menor tiempo posible y sin tener que esperar los largos plazos de un juicio colectivo.
Por regla general, los PVC tienen tres meses de duración, prorrogables por otros tres (sin incluir el tiempo de informes específicos, implementación y aprobación judicial) y en ellos, el SERNAC exige estándares objetivos para aceptar una propuesta.
Es importante que el compromiso de compensación considere a todas las personas consumidoras afectadas, que sea proporcional al daño efectuado y que la empresa tome las acciones para evitar o prevenir que las mismas conductas por las cuales se abrió este procedimiento, vuelvan a ocurrir en el futuro.
Finalmente, el Servicio promueve estos procesos antes de judicializar, pero si una empresa no responde o no está disponible para compensar, debe responder ante la Justicia.