TOP DE COPIAPÓ CONDENA A AUTOR DE HOMICIDIO FRUSTRADO, PORTE DE ILEGAL DE ARMAS Y MALTRATO ANIMAL CAUSANDO MUERTE

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó, con costas, a Manuel Alexis Soto Ocaranza a las penas de cumplimiento efectivo de 10 años y un día, dos penas de 3 años y un día y 818 días de presidio, en calidad de autor de los delitos de homicidio frustrado, porte ilegal de arma de fuego prohibida, porte ilegal de arma de fuego convencional y maltrato animal causando muerte, respectivamente, ilícitos perpetrados en la comuna de Diego de Almagro, en septiembre de 2022 y enero de 2023.

En fallo unánime (causa rol 64-2025), el tribunal –integrado por los jueces Sebastián del Pino Arellano (presidente), Marcelo Martínez Venegas y Mauricio Pizarro Díaz (redactor)– impuso, además, a Soto Ocaranza las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena por homicidio; y  la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales y el pago de una multa de 20 UTM, por maltrato animal.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 18:40 horas del 3 de enero de 2023, “(…) a la altura de la intersección de calle Venezuela con calle San Martín, comuna de Diego de Almagro, el imputado Manuel Alexis Soto Ocaranza portaba un arma a fogueo modificada apta para el disparo, con la cual disparó a Herman David Olmos Marchant, de 72 años de edad, quien a consecuencia del disparo resultó con herida penetrante en la cabeza con proyectil alojado en región parietotemporal izquierda. El imputado no tenía ni posee autorización o permiso de porte o tenencia de armas de fuego”.

En tanto, el 15 de septiembre de 2022, alrededor de las 01:20 horas, “(…) en el frontis del domicilio de calle Marcos José de Garro N°2108, comuna de Diego de Almagro, Manuel Alexis Soto Ocaranza con un arma de tipo convencional disparó en contra de un perro de nombre de fantasía Tyson, color negro y de propiedad de Dixson Araya Araya, causándole la muerte en el lugar. El imputado no tenía ni posee autorización o permiso de porte o tenencia de armas de fuego”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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