El tribunal de alzada de Atacama escuchó los alegatos de la defensa y de los querellantes del exdirector del SLEP. La justicia deberá resolver ahora un caso que pone a prueba los límites del poder presidencial y la asimetría de fuerzas frente a la dignidad de los funcionarios públicos.
El escenario jurídico en Atacama
Este jueves 30 de abril, la Corte de Apelaciones de Copiapó se posicionó como el centro de la atención judicial del país. La sala —integrada por la ministra Erika Villegas y los ministros Pablo Krumm, Carlos Meneses y Aída Osses— recibió las exposiciones de la defensa del expresidente y de los abogados querellantes que representan a Daslav Mihovilovic.
Tras finalizar los alegatos, la causa quedó oficialmente en estado de acuerdo. Esto significa que los magistrados ya alcanzaron una resolución tras deliberar, y el tribunal procederá ahora a la redacción de la sentencia definitiva, la cual se notificará formalmente en las próximas semanas.
El origen del conflicto: Un calificativo de alcance nacional
La disputa legal se remonta al 29 de enero de 2026, durante una visita oficial de Gabriel Boric a la región. En medio de la severa crisis educativa que afectaba a la zona, el entonces mandatario se refirió en términos inusualmente duros a la salida de Daslav Mihovilovic, quien lideraba el Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Atacama:
«Qué bueno que echamos al director del SLEP, porque no he conocido a una persona más descriteriada. De los descriterios más grandes que he visto», señaló el otrora jefe de Estado.
Dichas expresiones surgieron como reacción del Ejecutivo ante la cuestionada «Fiesta VIP» del quinto aniversario del servicio, evento que incluyó una limusina y cotillón de lujo, contrastando con la precariedad de infraestructura de los colegios locales. Mihovilovic sostiene en su querella que tales epítetos afectaron su «dignidad, honra y reputación profesional», calificándolos como injurias graves con publicidad debido a la masiva difusión de los mismos.
Análisis: La asimetría del «púlpito presidencial»
Más allá de la validez de los cuestionamientos hacia la gestión de Mihovilovic —propios de cualquier cargo de jefatura sujeto al escrutinio público—, el caso pone bajo la lupa la desigualdad de fuerzas en el ejercicio de la crítica.
Cuando los juicios de valor provienen de la máxima autoridad del país, la crítica política corre el riesgo de transformarse en una sentencia pública inapelable. El Presidente de la República cuenta con una cobertura de prensa ilimitada y una validación institucional que un funcionario regional no posee. En este contexto, denostar a un ciudadano ante todo un país no solo busca fiscalizar una gestión, sino que puede demoler el patrimonio moral de un individuo que se encuentra en una posición de absoluta indefensión mediática frente al poder central.
El marco legal y el respeto a la función pública
La solicitud de desafuero no solo apela al Código Penal; el fondo del debate toca principios fundamentales del derecho chileno y el comportamiento ético de las autoridades:
- Derecho a la Honra (Constitución, Art. 19 N°4): Establece el respeto y protección de la honra de la persona como un límite infranqueable, incluso para la libertad de expresión de las autoridades.
- Principio de Probidad (Ley 18.575): La normativa exige que el ejercicio de la función pública se realice con decoro y respeto por la dignidad de los demás servidores del Estado.
- Estatuto Administrativo: Aunque regula las obligaciones de los funcionarios, este cuerpo legal establece un estándar de trato digno. La controversia radica en si una autoridad superior puede vulnerar la honra de un subordinado utilizando canales oficiales de comunicación en lugar de seguir los procedimientos administrativos o sumarios correspondientes para establecer responsabilidades.
El límite del poder frente a la dignidad
La resolución de la Corte de Copiapó sentará un precedente histórico para el país. No se trata de blindar a los jefes de servicio frente a las críticas por sus errores de gestión —las cuales son necesarias y legítimas en una democracia—, sino de definir si la investidura presidencial otorga una licencia para la denostación personal aprovechando la asimetría del cargo.
En una República, el acceso privilegiado a los medios de comunicación exige un estándar de prudencia superior. Si se valida que el poder jerárquico puede utilizarse para atacar la honra individual sin consecuencias, se debilita el principio de igualdad ante la ley. Se espera ahora una sentencia que aclare si el honor de un ciudadano puede ser el costo aceptable de la retórica política de un gobernante.








