Por Katia Riveros Zepeda
Educadora de Párvulos
Profesora de Educación Diferencial
Magister en Educación
Doctoranda en Educación y Eco transformación
Cada vez que un país legisla sobre la primera infancia, además de crear una política pública, también expresa cómo comprende a los niños y niñas, qué lugar les reconoce en la sociedad y cuáles son los derechos que está dispuesto a garantizar desde el comienzo de la vida.
La discusión sobre la Ley de Sala Cuna Universal ha ocupado un lugar importante en la agenda pública. El debate se ha centrado en la participación laboral de las mujeres, la corresponsabilidad en los cuidados, el financiamiento del sistema y la ampliación del acceso. Son materias necesarias de discutir. Sin embargo, en medio de esa conversación se percibe ausente una pregunta que merece ocupar el centro del debate: ¿qué lugar ocupa la infancia en esta ley?
La respuesta no es un detalle. Constituye el punto de partida desde el cual debiera construirse cualquier política dirigida a los primeros años de vida.
La primera infancia constituye la etapa de desarrollo humano de mayor vulnerabilidad y, al mismo tiempo, de mayor potencial. Vulnerabilidad no entendida como fragilidad, sino como la profunda dependencia que tienen niños y niñas de los vínculos, del cuidado, de la protección y de las oportunidades que la familia, la comunidad y el Estado sean capaces de ofrecerles. Nunca más, a lo largo de la vida, el desarrollo ocurrirá con la intensidad que alcanza durante estos primeros años. Allí se construyen las bases del desarrollo cognitivo, emocional, social y afectivo; emerge el lenguaje, se configura la confianza y comienza la forma en que cada persona aprenderá a relacionarse consigo misma, con los demás y con el mundo.
La Convención sobre los Derechos del Niño transformó la manera de comprender la infancia al reconocer que niños y niñas son sujetos plenos de derechos desde su nacimiento. Desde entonces, el interés superior del niño debe constituir una consideración primordial en todas las decisiones que les afecten. Ese principio no representa únicamente una obligación jurídica; constituye un compromiso ético con la forma en que decidimos construir nuestras políticas públicas.
Mirar la Sala Cuna Universal desde esa perspectiva cambia las preguntas.
La discusión ya no se limita a cuántos cupos serán creados o cómo se financiará el sistema. También exige preguntarnos qué experiencias vivirán los niños y niñas durante esta etapa decisiva de sus vidas.
¿Qué condiciones favorecen el desarrollo integral de un bebé?
¿Cómo se protegerán los vínculos que sostienen su desarrollo?
¿Qué formación especializada tendrán quienes acompañarán estos procesos?
¿Cómo se garantizará una educación de calidad desde el nacimiento?
¿Qué indicadores permitirán evaluar el bienestar infantil además de la cobertura?
Estas preguntas no retrasan el debate. Lo enriquecen.
La infancia tiene una temporalidad propia. El apego requiere continuidad. El lenguaje se construye en la interacción cotidiana. El juego necesita tiempo para explorar, descubrir y aprender. Ninguno de estos procesos puede organizarse exclusivamente desde la lógica de la productividad o de las exigencias del mundo laboral. Respetar esa temporalidad también forma parte del derecho de niños y niñas a desarrollarse plenamente.
Para muchos, la sala cuna será el primer espacio educativo fuera del hogar. Allí comenzarán a construir relaciones de confianza, autonomía, convivencia y aprendizaje. La calidad de esa experiencia no depende únicamente de la existencia de un cupo. Depende de la calidad de los vínculos, de las condiciones pedagógicas, de equipos preparados y de ambientes capaces de acoger la complejidad del desarrollo infantil.
UNICEF y UNESCO han señalado reiteradamente que la educación y el cuidado durante la primera infancia constituyen un derecho y que los Estados tienen la responsabilidad de garantizar entornos protectores, afectivos y pedagógicamente pertinentes. Ese horizonte invita a ampliar la discusión que hoy estamos dando como país.
En los últimos días, diversas educadoras de párvulos, académicas y profesionales de la primera infancia han impulsado un manifiesto que invita a volver a situar a niños y niñas en el centro del debate. Más allá de las distintas miradas que puedan existir respecto del proyecto de ley, esta iniciativa ha contribuido a instalar una discusión necesaria: comprender que la sala cuna no puede analizarse únicamente desde la cobertura o el cuidado, sino también desde su profundo sentido pedagógico y desde los derechos de la infancia.
Su preocupación ha puesto sobre la mesa una discusión imprescindible: la necesidad de reconocer que este es también un espacio educativo y que toda decisión sobre él debe considerar, ante todo, los derechos de niños y niñas.
Las políticas públicas destinadas a la primera infancia tienen la responsabilidad de responder a las necesidades de las familias, pero también de proteger el derecho de niños y niñas a desarrollarse en ambientes donde el cuidado, la educación, el juego, los vínculos y el respeto por sus tiempos formen parte de una misma experiencia. Esa es la discusión que hoy merece ocupar el centro.
La Ley de Sala Cuna Universal representa una oportunidad para preguntarnos qué entendemos por primera infancia y cuál es el lugar que otorgamos a niños y niñas cuando diseñamos políticas públicas destinadas a ellos. El éxito de una ley como esta no debiera medirse únicamente por la cantidad de cupos que logra crear. También por su capacidad para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de la infancia durante la etapa más vulnerable, más sensible y más trascendente del desarrollo humano.
La manera en que una sociedad cuida a quienes recién comienzan la vida no solo habla de sus políticas sociales. Habla, sobre todo, del proyecto de humanidad que ha decidido construir.








