Corte de Copiapó deja sin efecto orden de no innovar que suspendió a Deportes Melipilla del torneo de la Primera División B

 

La Corte de Apelaciones de Copiapó dejó sin efecto hoy –jueves 15 de enero– la orden de no innovar decretada por el tribunal de alzada el viernes 2 de febrero pasado, que suspendió al club Deportes Melipilla del torneo de Primera División B del fútbol profesional.

 

En fallo dividido (causa rol 49-2018), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Antonio Ulloa, Pablo Krumm y Francisco Sandoval– estimó que, por ahora, no resulta conveniente para los fines del recurso, mantener la orden de no innovar solicitada por Deportes Vallenar en el recurso de protección deducido, con el que busca mantener al equipo de la Región de Atacama en la Primera División B del Fútbol Profesional, con todos los derechos deportivos y económicos.

 

Acción judicial con la cual la sociedad anónima Club Blanco y Verde, responsable del equipo, solicita que se establezca el actuar ilegal y arbitrario de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional –ANFP–, al ordenar repetir los lanzamientos penales, tras un error arbitral en el partido de definición de la Segunda División, jugado el 19 de diciembre pasado.

 

“(…) estimándose que no resulta conveniente por ahora para los fines del recurso, mantener la orden de no innovar decretada y sin perjuicio de lo que pudiera resolver en su oportunidad, como se pide, déjese sin efecto la orden de no innovar decretada en autos”, establece la resolución.

 

Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Ulloa, quien fue del parecer de mantener la orden de no innovar.

 

En la resolución, además, el tribunal de alzada ordena oficiar al club Deportes La Calera SADP para que evacue informe; y a la ANFP, las actas de asamblea, de sesión de directorio, carta y copias de modificación de estatutos, con el propósito de tenerlo en cuenta al momento de resolver el fondo de lo solicitado por el recurrente.

 

Cabe señalar que esta decisión no es el fallo definitivo respecto al recurso de protección presentado por Deportes Vallenar, cuya causa aún no ha sido puesta en tabla por faltar los mencionados informes.

Deja sin efecto ONI

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