- 74 serán las especies que deberá revisar el Comité de Clasificación de Especies que es presidido por el Ministerio del Medio Ambiente.
Entre las especies a clasificar se incluyeron 50 especies de animales: 10 invertebrados (8 artrópodos -2 decápodos y 6 insectos-, 1 equinodermo y 1 molusco), 40 vertebrados (3 peces óseos, 20 peces cartilaginosos, 15 aves, 1 reptil y 1 mamífero), 6 especies de hongos (5 setas y un líquen) y 25 especies de plantas (2 árboles, 7 arbustos y 16 herbáceas). Existió un consenso para excluir a siete del listado de las 81 especies propuestas (Pulga de mar; pejegallo; tiburón mako; raya volantín; raya espinosa; erizo rojo; y macha)
“Estamos muy contentos con el avance de este período de clasificación de especies y la amplia participación que tuvo de la ciudadanía durante el año pasado. Estamos presenciando la evolución de una ciudadanía cada vez más informada y conectada con el endemismo de nuestro país”, indica Charif Tala, jefe del Departamento de Conservación de Especies del Ministerio del Medio Ambiente.
Dentro del plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación de la presente resolución (hasta el 20 de mayo 2022), cualquier persona natural o jurídica podrá aportar antecedentes respecto de las especies silvestres a clasificar.
Dichos antecedentes se podrán presentar a través del correo electrónico clasificacionespecie@mma.gob.cl o bien, por escrito en el Ministerio del Medio Ambiente o en las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente a lo largo de todo el país.
Más información y detalle de las especies que serán clasificadas puede ser revisada en el siguiente link https://clasificacionespecies.mma.gob.cl/procesos-de-clasificacion/18o-proceso-de-clasificacion-de-especies-2020/