También para empleadores de trabajadores de casa particular: desde agosto, se agrega un 1 % en las cotizaciones

Desde las remuneraciones de agosto, todos los empleadores deberán cotizar un 1 % adicional en el marco de la Reforma de Pensiones. Esto también aplica a empleadores de trabajadores y trabajadoras de casa particular.

Desde las remuneraciones de agosto, se deberá cotizar un 1 % adicional de la remuneración imponible de cada trabajador y trabajadora, en el marco de la Reforma de Pensiones contemplada en la Ley N° 21.735. Esta cotización adicional es de cargo de los empleadores, por lo que no altera las remuneraciones líquidas de las personas contratadas.

“Es importante considerar que el pago de esta cotización es aplicable a todos los empleadores, incluidas las personas que han contratado trabajadoras o trabajadores de casa particular”, según lo indica la Directora regional IPS Atacama, Dissa Castellani Martínez.

El pago de un 1 % adicional se inicia a partir de las remuneraciones de agosto de 2025, cuyas cotizaciones previsionales se pagan hasta el 13 de septiembre, cuando corresponden al mes completo trabajado, si la declaración y pago se hace de manera electrónica. Para ello, se harán adecuaciones al formulario actual por parte de la correspondiente entidad recaudadora.

En Chile, de acuerdo con las proyecciones del INE sobre la base de la Encuesta Nacional de Empleo (ENE) 2017, se calcula que más de 223 mil personas se desempeñan como trabajadoras o trabajadores de casa particular con contrato de trabajo. De ellas, la mayor cantidad se concentra en la Región Metropolitana, tanto en la modalidad “puertas adentro” como “puertas afuera”, lo cual refleja la alta demanda del llamado trabajo doméstico remunerado en la capital. Otras regiones con números importantes de participación en este mercado laboral son Valparaíso, Biobío, Maule y O’Higgins.

Aportes para mejorar las pensiones

Esta cotización será la primera de una serie de incrementos que, gradualmente, llevarán la cotización del empleador hasta un 8,5 % del sueldo imponible en el año 2033, y que se inicia con el 1 % mencionado. De este último porcentaje, un 0,1 % se incorporará directamente a las cuentas individuales para incrementar el ahorro previsional de los trabajadores y trabajadoras que cotizan en AFP; mientras que el 0,9 % restante se integrará al Seguro Social Previsional, para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto ayudará a corregir la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que en la práctica se traducirá en pensiones más equitativas.

“Esta nueva cotización del empleador es el segundo hito de implementación de la reforma de pensiones, uno de los cambios estructurales más importantes realizados en el Gobierno del Presidente Gabriel Boric. Esta iniciativa tiene rostro de mujer, y una muestra más de ello es que, con este 1% adicional, se considere a las trabajadoras y trabajadores de casa particular, una labor que, generalmente, suele ser invisibilizada y realizada por mujeres. Tras este importante avance, seguimos trabajando y trazando líneas de acción para mejorar y alcanzar pensiones dignas para todas y todos los chilenos”, expresó el Seremi del Trabajo y Previsión Social de Atacama, Jonathan Páez Toro.

A partir de agosto de 2026, se incorporará el pago correspondiente a la Cotización con Rentabilidad Protegida, que además permitirá financiar inicialmente el Beneficio por Años Cotizados. Asimismo, la cotización que hoy pagan los empleadores por concepto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro Social, consolidándose así todos los aportes de cargo del empleador.

Más información

Para más información, ingresar a www.lareformadepensiones.cl, www.chileatiende.cl y www.ips.gob.cl.

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