- Actualmente se encuentra vigente la ordenanza que protege este fenómeno natural en la comuna.
Multas que pueden llegar hasta las 5 UTM ($346.325) son las sanciones para las personas que dañen el Desierto Florido en Copiapó según la ordenanza vigente. La normativa declara como zona de protección en general los sectores de la comuna de Copiapó que tengan el carácter de bien nacional de uso público, donde se aprecia la flora y fauna.
El alcalde de Copiapó, Maglio Cicardini Neyra, comentó que “el Desierto Florido es un fenómeno único en el mundo que se da en nuestra comuna y nuestro deber es cuidarlo. Llamamos a la comunidad a que lo disfrute, pero con responsabilidad y respeto para poder preservarlo”.
La ordenanza sanciona el corte, arranque, afectación, destrucción, transporte y comercialización de las especies silvestres que están categorizadas en “peligro y vulnerables”. Cualquier habitante podrá denunciar toda infracción a la presente normativa a través de la exhibición de cualquier medio que dé fe de los hechos que se denuncian ante el Juzgado de Policía Local, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, el Ministerio Público o directamente en la Oficina de Partes Municipal.
Además, se estipula como un grave atentado al desarrollo sustentable del Medio Ambiente Comunal el acopio de basura, el tránsito en automóvil y todo tipo de vehículo motorizado, directamente sobre la flora y fauna en zonas no habilitadas o autorizadas, para tal efecto.
En las últimas dos décadas el Desierto Florido se ha repetido en los años 1983, 1987, 1991 y 1997. También se ha presentado en los años 2000, 2001, 2004, 2005, 2010, 2015, 2017, 2021 y 2023. Cuando se produce el fenómeno se registran cerca de 200 especies florales y una abundante fauna endémica.
Las especies que más destacan durante el Desierto Florido son la Flor del Jote, Oreja de Zorro Amarilla, Churque, suspiros, palo negro, añañucas, Soldaditos Rojos, amarillo y azul.