¿Para qué darle a un Recién Nacido un Derecho que NO PUEDE EXIGIR?

Daniel Rosas

Presidente y vocero del Movimiento Ciudadano

Con Chile No Te Metas

El Derecho de los Padres ha sido perseguido constantemente, tanto así, que la propuesta constitucional del 2022 LO ELIMINABA, desde ahí, una y otra vez las organizaciones de padres y ciudadanas debemos estar revisando uno a uno los proyectos de ley porque es habitual que venga de contrabando alguna indicación que intente conquistar por esa vía lo que por plebiscito no lograron.

El Proyecto de Ley Sala Cuna Universal (Boletín 14.782-13) que está pronto a ser votado por los Diputados, trae de contrabando una indicación presentada por las Senadoras Cariola, Sánchez, Pascual y Provoste que busca nuevamente Refundar, Transformar a Chile,  Transformando sus bases, la realidad de sus familias, ¿Cómo?, «otorgándole a los Recién Nacidos «El Derecho a Educarse desde el nacimiento», pero, ¿un recién nacido puede ejercer por sí mismo ese derecho?, obviamente no, ¿Entonces, quien lo hará por él?, El Estado, para eso existe la ley «21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia», existe «el Defensor de la Niñez» y las «Oficinas Locales de Protección de la Niñez» que Obliga al Estado, a las familias y a la sociedad a velar de forma coordinada por el ejercicio efectivo y goce pleno de estos derechos de los niños.

Entonces, será OBLIGACIÓN de las familias (Artículo 2) el que «el recién nacido ejerza su derecho a Educación desde El Nacimiento», en el caso de los Padres que haciendo uso de su Derecho Constitucional Preferente de Educar a sus hijos, será el Estado el que podrá interpretar que el Derecho a Educación de ese recién nacido está siendo vulnerado y, deberá decidir conforme a otro Derecho ya comprometido y normado por Naciones Unidas (ONU) «El Interés Superior del Niño».(https://www.defensorianinez.cl/bilioteca/observacion-general-n-14-sobre-el-derecho-del-nino-a-que-su-interes-superior-sea-una-consideracion-primordial-articulo-3-parrafo-1/)

Entonces, ¿Cuál es la urgente necesidad de convertir un beneficio laboral (la sala cuna) en un Derecho Social a recién nacidos y no a sus Padres Trabajadores?, o, ¿acaso alguno de Uds., es capaz de meter las manos al fuego por algún político que responderá con su cargo, bienes o su propia libertad si se equivocó y termina pasando que el Derecho de los padres queda finalmente reducido a elegir el colegio o el jardín de nuestros hijos?

                                             

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