Los ministros rechazaron la reclamación judicial interpuesta por el abogado Ladislao Quevedo, que buscaba anular la RCA aprobada del proyecto ENAPAC.
El proyecto de desalinización con energía solar y distribución de agua industrial, fue aprobado de forma unánime por la Comisión de Evaluación de la región de Atacama.
(Antofagasta, viernes 24 de abril de 2020). El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación que pretendía dejar sin efecto la calificación favorable del proyecto ENAPAC (Energías y Aguas del Pacífico), de la región de Atacama. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto ENAPAC fue aprobado en octubre de 2018, en votación unánime por la Comisión de Evaluación Ambiental y tras más de 15 meses de evaluación por parte del Servicio de Evaluación Ambiental, que recomendó aprobar por completo el EIA.
La reclamación judicial rechazada fue interpuesta por el abogado Ladislao Quevedo en representación de Roberto Ramírez Heredia y otros, en contra del Servicio de Evaluación Ambiental, y se basaba en argumentos que ya habían sido desestimados en una resolución exenta anterior que rechazó una solicitud de invalidación presentada anteriormente por el mismo abogado y sus representados, ante la Comisión de Evaluación Ambiental de Atacama. En aquella resolución se establecía claramente que en relación al Plano Regulador Intercomunal Costero (PRICOST) el proyecto es compatible territorialmente. Así mismo, en relación con la Participación de la Comunidad en el proceso de evaluación, la resolución afirmaba también categóricamente que el Servicio de Evaluación Ambiental cumplió con su deber de garantizar el ejercicio de los derechos que comprende la Participación Ciudadana (PAC) y de establecer los mecanismos que aseguran la participación informada de la comunidad. Adicionalmente, la misma resolución afirmaba que los antecedentes presentados daban cuenta de la buena fe y actuar diligente del titular del proyecto, en cuanto al levantamiento de información y de acercarse a las comunidades de manera anticipada a presentación del EIA.
En este mismo sentido, el fallo del Primer Tribunal Ambiental viene a reafirmar la legalidad de la RCA del proyecto ENAPAC, sentenciando que se “ha dado total cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que regulan lo relativo al procedimiento de la participación ciudadana” y que “se advierte por estos senteciadores la compatibilidad territorial del proyecto ENAPAC”.
Respecto al fallo del tribunal, Rodrigo Silva, presidente de TRENDS Industrial, afirmó: “estamos satisfechos con el fallo del Primer Tribunal Ambiental que confirma no sólo que el Servicio de Evaluación Ambiental ha actuado con apego a la legalidad y a su deber de garantizar los derechos de todos los interesados en el procedimiento de evaluación ambiental de nuestro proyecto, sino además nos reafirma la convicción que como titular hemos llevado adelante este proyecto de la manera correcta y pensando en un desarrollo sustentable para la región de Atacama y todos sus habitantes”.
Proyecto
El proyecto ENAPAC consiste en la distribución de agua desalada industrial, a múltiples usuarios y utilizando infraestructura compartida, para llegar a los distintos usuarios que la requieran para la desértica región de Atacama en Chile. El proyecto contará con una planta desaladora con capacidad máxima de 2.630 litros por segundo, la que será abastecida con energía solar (100 MW) y contará además con un reservorio de agua de 600,000 metros cúbicos de capacidad, desde donde se distribuirá el agua a los distintos usuarios industriales de la región de Atacama que la requieran. De esta manera, ENAPAC será uno de los proyectos multipropósito más avanzados en el mundo, con una combinación de desalación por ósmosis inversa con energía fotovoltaica.